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I. Acceso al Crédito<br />
124<br />
<strong>Gorras</strong><br />
Las empresas existen para producir bienes o servicios y para poder funcionar necesitan dinero. Una<br />
empresa necesita de un local para instalarse, máquinas y equipos para producir, personas para trabajar y<br />
materias primas para procesar, lo cual implica en el fondo la necesidad de contar con recursos<br />
financieros. Ninguna empresa puede abrirse sin un mínimo de capital inicial y no puede funcionar sin<br />
ningún capital de trabajo.<br />
Todos los recursos de la empresa son importantes e imprescindibles (tecnológicos, materiales, humanos,<br />
etc.), pero sin el dinero proporcionado por los financieros, la empresa no puede obtener ni aplicar los<br />
demás recursos.<br />
El Sistema Financiero Mexicano ofrece a las empresas distintas alternativas para conseguir recursos.<br />
Entre las más importantes se tienen las siguientes:<br />
Instituciones Financieras Bancarias:<br />
Son aquellas que intermedian recursos del público ahorrador hacia los demandantes de créditos. Existen<br />
bancos de primer piso y de segundo piso. Los de primer piso son los bancos comerciales o multibancos,<br />
por la variedad de servicios que ofrecen de manera directa al público (ahorro, inversión, cheques, tarjetas<br />
de crédito, etc.) normalmente son los bancos privados. Los bancos de segundo piso, que promueven<br />
fondos de fomento y llevan a cabo algunas operaciones de primer piso, son la Banca de Desarrollo, por<br />
ejemplo: Banrural, Banobras, Nacional Financiera.<br />
Instituciones Financieras no Bancarias:<br />
Son aquellas que sin ser bancos prestan servicios financieros como Arrendadoras, Empresas de<br />
Factoraje, Afianzadoras, Almacenes Generales de Depósito, Uniones de Crédito y Entidades de<br />
Fomento.<br />
Banca Múltiple:<br />
Es una institución que engloba varias instituciones, operando de manera coordinada: Banca Comercial,<br />
Banca de Inversión, Crédito directo al Consumidor, Crédito Hipotecario y Cartera de Fomento u<br />
operaciones con recursos de Banca de Desarrollo.<br />
Los criterios de los intermediarios financieros para la operación crediticia tienen como base sus Manuales<br />
de Crédito , los cuales se soportan en el Artículo 65 de la Ley de Instituciones de Crédito, que señala lo siguiente:<br />
“.......... para el otorgamiento de sus financiamientos, las instituciones de crédito deberán<br />
estimar la viabilidad económica de los proyectos de inversión respectivos, los plazos de<br />
recuperación de éstos, la relación que guardan entre sí los distintos conceptos de los<br />
estados financieros o la situación económica de los acreditados y la calificación<br />
administrativa y moral de estos últimos, sin perjuicio de considerar las garantías que en<br />
su caso, fueran necesarias, los montos, plazos, regímenes de amortización y en su caso,<br />
períodos de gracia de los financiamientos, deberán de tener una relación adecuada con<br />
la naturaleza de los proyectos de inversión y con la situación presente y previsible de los<br />
acreditados”.