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Guía IRPF 2008

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DeclaraciónAnexo B.2Deducciones autonómicasLímite máximo conjunto de las deduccionesrelativas al Patrimonio Histórico, Culturaly Natural en Castilla y León.La base máxima conjunta de las dos últimasdeducciones autonómicas anteriormente comentadasno podrá exceder del 10 por 100 dela suma base liquidable general y de la base liquidabledel ahorro del contribuyente o de launidad familiar en el caso de declaración conjunta.Dicho importe es el resultado de sumarlas casillas 618 y 630 de la página 11 de la declaración.Este límite actúa de forma separada e independientedel límite del 10 por 100, aplicable alas mismas deducciones generales, contempladoen la normativa estatal del <strong>IRPF</strong>.Casilla 864. Por alquiler de vivienda habitual parajóvenes.Cuantías y límites máximos de la deducción:M El 15 por 100 de las cantidades satisfechas en elperíodo impositivo en concepto de alquiler de la viviendahabitual en Castilla y León, con un límite de459 euros.M El 20 por 100 de las cantidades satisfechas, cuandola vivienda habitual esté situada en núcleos rurales,con el límite de 612 euros. Es decir, en cualquiermunicipio de la Comunidad Autónoma, excluidos lossiguientes:– Los que excedan de 10.000 habitantes.– Los que tengan más de 3.000 habitantes y quedisten menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia.A estos efectos, para determinar el número de habitantesde cada municipio se tomará el establecidoen el padrón municipal de habitantes en vigor a 1 deenero de 2007 (Resolución de 14 de enero de <strong>2008</strong>,de la Dirección General de Tributos, por la que se informade la vigencia de la relación de municipios aque se refiere la Orden de HAC/68/2007; BOCYL de16-01-<strong>2008</strong>).Requisitos y otras condiciones para la aplicación de ladeducción:La aplicación de la deducción está condicionada alcumplimiento de las siguientes condiciones y requisitos:– Que el contribuyente tenga menos de 36 años ala fecha de devengo del impuesto (normalmente, el31 de diciembre de <strong>2008</strong>).– Que la suma de la base imponible general y labase imponible del ahorro (suma de las casillas 455 y465 de la página 10 de la declaración) menos el mínimopersonal y familiar (casilla 679 de la página 12 dela declaración) no supere las siguientes cantidades:* 18.900 euros en tributación individual.* 31.500 euros, en tributación conjunta.Casilla 865. Para el fomento del autoempleo delas mujeres y los jóvenes.Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción:M 510 euros para los jóvenes menores de 36 años,a la fecha de devengo del impuesto (normalmente,el 31 de diciembre de <strong>2008</strong>) y las mujeres, cualquieraque sea su edad, que causen alta en el censo deobligados tributarios durante el período impositivo ymantengan dicha situación de alta durante un año.M 1.020 euros, cuando los contribuyentes a los quese refiere el párrafo anterior tengan su domicilio fiscalen núcleos rurales. Es decir, en cualquier municipiode la Comunidad Autónoma, excluidos los siguientes:* Los que excedan de 10.000 habitantes.* Los que tengan más de 3.000 habitantes yque disten menos de 30 kilómetros de la capital de laprovincia.A estos efectos, para determinar el número de habitantesde cada municipio se tomará el establecidoen el padrón municipal de habitantes en vigor a 1 deenero de 2007 (Resolución de 14 de enero de <strong>2008</strong>,de la Dirección General de Tributos, por la que se informasobre la vigencia de la relación de municipiosa que se refiere la Orden de HAC/68/2007; BOCYL de16-01-<strong>2008</strong>).M En ambos casos, la actividad económica debe desarrollarseen el territorio de la Comunidad Autónoma.Asimismo, la deducción será de aplicación en elperíodo impositivo en el que se produzca el alta en elcenso de obligados tributarios por primera vez.CataluñaLos contribuyentes que en <strong>2008</strong> hayan tenido su residenciahabitual en el territorio de la Comunidad deCataluña podrán aplicar las siguientes deduccionesautonómicas:Casilla 866.Por nacimiento o adopción de hijos.Cuantía de la deducción:M Cada uno de los progenitores podrá deducir lacantidad de 150 euros por el nacimiento o adopciónde un hijo durante el período impositivo.M En caso de declaración conjunta de ambos progenitores,la deducción será de 300 euros.Casilla 867. Por donaciones a determinadas entidades.Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción:M El 15 por 100 de las cantidades donadas a favordel Instituto de Estudios Catalanes y a las fundacioneso asociaciones que tengan por finalidad el fomentode la lengua catalana y que figuren en el censode estas entidades que elabora el departamentocompetente en materia de política lingüística.M El 15 por 100 de las cantidades donadas en favorde los centros de investigación adscritos a universidadescatalanas que tengan por objeto el fomento de lainvestigación científica y el desarrollo y la innovacióntecnológicos.La aplicación de la deducción está condicionada ala justificación documental adecuada o suficientede los supuestos de hecho y de los requisitos quedeterminan su aplicabilidad. A tal efecto, las entidadesbeneficiarias de los donativos están obligadas acomunicar la relación de las personas físicas que hanefectuado donativos, con indicación de las cantidadesdonadas por cada una de ellas.El límite máximo de la deducción es el 10 por 100de la cuota íntegra autonómica, casilla 699 de la página12 de la declaración.Casilla 868.Por alquiler de la vivienda habitual.Cuantías y requisitos para la aplicación de la deducción:M El 10 por 100 de las cantidades satisfechas en elperíodo impositivo en concepto de alquiler de la viviendahabitual, con el límite máximo de 300 eurosanuales, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:a) Que el contribuyente se halle en alguna de las situacionessiguientes:- Tener 32 o menos años de edad a la fecha dedevengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembrede <strong>2008</strong>).- Haber estado en paro durante 183 días o másdurante el ejercicio.- Tener un grado de discapacidad igual o superioral 65 por 100.- Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.b) Que la suma de las bases imponibles general ydel ahorro del contribuyente (suma de las casillas 455y 465 de la página 10 de la declaración) menos el mínimopersonal y familiar (casilla 679 de la página 12de declaración) no supere 20.000 euros anuales.c) Que las cantidades satisfechas en concepto dealquiler excedan del 10 por 100 de los rendimientosnetos del contribuyente.M El límite máximo será de 600 euros anuales siempreque en la fecha de devengo del impuesto (normalmente,el 31 de diciembre de <strong>2008</strong>) el contribuyentepertenezca a una familia numerosa y cumplalos requisitos indicados en las letras b) y c) anteriores.O Importante: en caso de tributación conjunta,siempre que alguno de los declarantes se halle enalguna de las circunstancias descritas en la letra a)anterior o pertenezca a una familia numerosa, elimporte máximo de la deducción es de 600 euros yel de la suma de las bases imponibles, general y delahorro menos el importe del mínimo personal y familiares de 30.000 euros.Otras condiciones para la aplicación de esta deducción:– Esta deducción sólo puede aplicarse una vez, conindependencia de que en un mismo contribuyentepuedan concurrir más de una circunstancia de las establecidasen la letra a) del apartado anterior "Cuantíasy requisitos para la aplicación de la deducción".– Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicaciónde una deducción superior a 600 euros. Deacuerdo con ello, si por una misma vivienda tiene derechoa la deducción más de un contribuyente, cadauno de ellos podrá aplicar en su declaración el importeque se obtenga de dividir la cantidad resultante dela aplicación del 10 por 100 del gasto total o el límitemáximo de 600 euros, si procede, por el número dedeclarantes con derecho a la deducción.– Los contribuyentes deben hacer constar el NIF delarrendador o arrendadora de la vivienda en la casilla938 de la declaración.Casilla 869. Por el pago de intereses de préstamosal estudio universitario de tercer ciclo.Cuantía de la deducción:Los contribuyentes pueden deducir el importe de losintereses pagados en el período impositivo correspondientesa los préstamos concedidos a través de laAgencia de Gestión de Ayudas Universitarias e Investigaciónpara la financiación de estudios universitariosde tercer ciclo.Casilla 871. Para contribuyentes que queden viudos.Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción:M 150 euros, con carácter general.M 300 euros si la persona que se queda viuda tienea su cargo uno o más descendientes que otorguenderecho a la aplicación del mínimo por descendientes.La deducción se aplica en la declaración correspondienteal ejercicio en el que el contribuyente hayaquedado viudo y en los dos ejercicios siguientes. Noobstante lo anterior, la deducción de 300 euros seaplicará en los dos ejercicios siguientes siempre quelos descendientes mantengan los requisitos paracomputar a efectos del mínimo por descendientes.Contribuyentes que quedaron viudos en 2006 y 2007.Los contribuyentes que hayan quedado viudos duranteel ejercicio 2006 pueden aplicar esta deduccióncon los mismos requisitos y condiciones anteriormentecomentados en la declaración del ejercicio <strong>2008</strong>.De igual forma, los que hayan quedado viudos enel ejercicio 2007, podrán aplicarla en las declaracionesde los ejercicios <strong>2008</strong> y 2009.Casilla 925. Por rehabilitación de vivienda habitual.Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción:M El 1,5 por 100 de las cantidades satisfechas en elperíodo impositivo por la rehabilitación de la viviendaque constituya o vaya a constituir la vivienda habitualdel contribuyente.La base máxima de esta deducción es de 9.015euros, cantidad fijada por la Ley del <strong>IRPF</strong> como basemáxima de deducción por adquisición o rehabilitaciónde la vivienda habitual.PÁGINA 100

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