10.07.2015 Views

Guía IRPF 2008

Guía IRPF 2008

Guía IRPF 2008

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

DeclaraciónAnexo CDeducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarialNo olvide consignar en el encabezamiento del anexo C el NIF, así como los apellidos y el nombre del primer declaranteImportante.Los contribuyentes que apliquen en el presenteejercicio alguna de las deducciones a que se refierenlas casillas 706, 707, 708 y 709 de la página12 de la declaración, deberán cumplimentarobligatoriamente los datos del anexo C que lesafecten.Cuestiones generalesEn el apartado "Deducciones por incentivos y estímulosa la inversión empresarial" del anexo C de ladeclaración deberán consignarse los datos relativosa las deducciones aplicables en <strong>2008</strong> por los contribuyentesque realicen actividades económicas y que,cumpliendo los requisitos y condiciones establecidosal efecto, se hayan acogido a alguno de los regímenesy modalidades de incentivos y estímulos fiscalesa la inversión empresarial que en dicho anexo se recogen.O Importante: con la única excepción de la deducciónpara el fomento de las tecnologías de lainformación y de la comunicación, a la que se refierenlas casillas 943 y 963, que podrá también seraplicada por los contribuyentes acogidos al métodode estimación objetiva, los incentivos y estímulos ala inversión empresarial sólo resultan de aplicacióna los contribuyentes que desarrollen actividadeseconómicas en estimación directa.En su caso, también se reflejarán en este apartado lasdeducciones correspondientes a las bases de cálculoimputadas al contribuyente por agrupaciones de interéseconómico y uniones temporales de empresas,cuyos importes se habrán consignado en las casillas234 de la página 8 de la declaración, así como lasdeducciones por creación de empleo imputadas pordichas entidades que se hayan consignado en las casillas235 de la misma página.Asimismo, se incluirán este apartado los importesde las deducciones que, por estos mismos conceptos,hubieran sido atribuidas al contribuyente por lasentidades en régimen de atribución de rentas de lasque sea socio, heredero, comunero o partícipe.Criterios de cumplimentaciónLas deducciones correspondientes a cada uno de losregímenes contemplados en este apartado del anexoC se harán constar distinguiendo los saldos pendientesde ejercicios anteriores y las deducciones generadasen el ejercicio <strong>2008</strong>.Las columnas "Saldo anterior/Deducción <strong>2008</strong>","Aplicado en esta declaración" y "Pendiente de aplicación",permiten el seguimiento y control de las diferentespartidas en ejercicios futuros. En las casillas deestas columnas se reflejarán importes de deducciones,no de inversiones, y la suma de las dos últimashabrá de coincidir con el importe del "Saldo anterior/Deducción <strong>2008</strong>", salvo que se trate de deduccionesprocedentes de ejercicios tales, que sea precisamenteel ejercicio <strong>2008</strong> el último en el que proceda suaplicación, en cuyo caso puede no producirse dichacoincidencia aritmética.Por otra parte, en la columna "Límite" se señalael porcentaje que en cada caso opera sobre la cuotadel Impuesto para determinar la cuantía máxima queresulta posible aplicar en el presente ejercicio por elconjunto de deducciones que están sujetas a estetipo de limitación.O Atención: no olvide consignar en la casilla 975la suma de los importes reflejados en las casillas 940a 970, ambas inclusive, así como cumplimentar lascasillas 706 y 707, cuyos respectivos importes deberántrasladarse a las casillas de igual numeración dela página 12 de la declaración.Cuota sobre la que operan los límites de deducciónLa cuota sobre la que opera el porcentaje señaladoen cada caso como límite conjunto de las deduccionesa las que afecta, está constituida por la cantidadque resulte de restar de la suma de las cuotas íntegrasdel impuesto, estatal y autonómica (suma de lascasillas 698 y 699 de la página 12 de la declaración),los importes consignados en las casillas 700 a 703,ambas inclusive, de la misma página, en concepto dededucciones por inversión en vivienda habitual y porinversiones o gastos de interés cultural.O Importante: además del límite señalado, en elsupuesto de que la deducción para el fomento delas tecnologías de la información y comunicación,a que se refieren las casillas 943 y 963, sea aplicadapor contribuyentes que desarrollen actividades económicasen estimación objetiva, deberá tenerse encuenta que la base de dicha deducción tiene comolímite máximo el importe del rendimiento neto delas citadas actividades económicas que se hayacomputado para determinar la base imponible.Régimen general de la Ley del I. sobre Sociedadesy regímenes especiales de apoyo a acontecimientosde excepcional interés públicoRégimen general de la Ley del Impuesto sobreSociedades (LIS)El derecho a las deducciones acogidas a este régimeny los criterios para su aplicación están sujetos, con caráctergeneral, a las mismas condiciones, requisitos ylímites establecidos en relación con las deduccionespara incentivar la realización de determinadas actividades,previstas en los artículos 35 a 44 del textoLos contribuyentes querealizan actividadeseconómicas en estimaciónobjetiva pueden aplicarla deducción para elfomento de las tecnologíasde la información y de lacomunicación.Los titulares de actividadeseconómicas a las que resultede aplicación el método deestimación objetiva puedenaplicar en el ejercicio <strong>2008</strong> ladeducción para el fomento delas tecnologías de la informacióny de comunicación a quese refieren las casillas 943 y 963del anexo C de la declaración,con sujeción a los requisitosy condiciones generales establecidosen el artículo 36 de laLey del Impuesto sobre Sociedades.Importe de la deducción.El 9 por 100 de las inversiones ygastos del ejercicio que a continuaciónse especifican, teniendoen cuenta que su cuantía nopodrá superar a estos efectos elimporte del rendimiento netode las actividades económicasen estimación objetiva que sehubiera computado para determinarla base imponible yque no dará derecho a deducciónla parte financiada consubvenciones.Tratándose de actividadeseconómicas realizadas en Canarias,el citado porcentaje dededucción será del 29 por 100.O Importante: esta deducciónes incompatible para lasmismas inversiones o gastoscon las demás deduccionesprevistas en los artículos 35a 44 del texto refundido de laLey del Impuesto sobre Sociedades.O La parte de la inversióno del gasto que haya sido financiadacon subvencionesno dará derecho a la deducción.Inversiones y gastos quedan derecho a deducción.En concreto, dan derecho aesta deducción las inversionesy gastos en los siguientes conceptos:Acceso a Internet, que incluye:– Adquisición de equipos yterminales, con su "software"y periféricos asociados, para laconexión a Internet y acceso afacilidades de correo electrónico.– Adquisición de equipos decomunicaciones específicospara conectar redes internas deordenadores a Internet.– Instalación e implantaciónde dichos sistemas.– Formación del personal dela empresa para su uso.Presencia en Internet, que incluye:– Adquisición de equipos,con "software" y periféricosasociados, para el desarrollo ypublicación de páginas y portales"web".– Realización de trabajos, internoso contratados a terceros,para el diseño y desarrollo depáginas y portales "web".– Instalación e implantaciónde dichos sistemas.– Formación del personal dela empresa para su uso.Comercio electrónico, queincluye:– Adquisición de equipos,con su "software" y periféricosasociados, para la implantaciónde comercio electrónico através de Internet con las adecuadasgarantías de seguridady confidencialidad de las transacciones.– Adquisición de equipos,con su "software" y periféricosasociados, para la implantaciónde comercio electrónico a travésde redes cerradas formadaspor agrupaciones de empresasclientes y proveedores.– Instalación e implantaciónde dichos sistemas.– Formación del personal dela empresa para su uso.Incorporación de las tecnologíasde la información y de lascomunicaciones a los procesosempresariales, que incluye:– Adquisición de equipos ypaquetes de "software" específicospara la interconexiónde ordenadores, la integraciónde voz y datos y la creación deconfiguraciones intranet.– Adquisición de paquetesde "software" para aplicacionesa procesos específicos de gestión,diseño y producción.– Instalación e implantaciónde dichos sistemas.– Formación del personal dela empresa para su uso.Límite de la deducción.La cuantía de la deducción quepuede ser aplicada en el presenteejercicio no podrá superarel 35 por 100 de la cantidadque resulte de restar de la cuotaíntegra total del impuesto(suma de las casillas 698 y 699de la página 12 de la declaración)los importes consignadosen las casillas 700 a 703, ambasinclusive, de dicha página, enconcepto de deducciones porinversión en vivienda habitualy por inversiones o gastos deinterés cultural.No obstante, dicho porcentajese elevará al 50 por 100cuando el importe de la deduccióncorrespondiente a losgastos e inversiones del ejercicioexceda del 10 por 100 dela cuota íntegra del impuestominorada en la suma de las deduccionesmencionadas en elpárrafo anterior.Tratándose de actividadeseconómicas en estimación objetivarealizadas en Canarias, losanteriores límites porcentualesserán del 70 por 100 y del 90por 100, respectivamente.Los importes de la deduccióncorrespondiente al ejercicio<strong>2008</strong> que no hayan podidoser aplicados en esta declaraciónpor exceder del límite indicado,podrán aplicarse en lasdeclaraciones de los 15 añosinmediatos y sucesivos.Además del límite anterior,deberá tenerse en cuenta tambiénque la base de esta deduccióntiene como límite máximoel importe del rendimientoneto de las actividades económicasen estimación objetivaque se haya computado paradeterminar la base imponible.PÁGINA 111Sigue

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!