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Guía IRPF 2008

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DeclaraciónPágina 11 I. Reducciones de la base imponibleCasilla 571. N.º de identificación fiscal (NIF) de lapersona que recibe cada pensión o anualidad.Se hará constar en estas casillas el número de identificaciónfiscal (NIF) de cada una de las personas querecibieron las pensiones o anualidades con derechoa reducción.De haberse satisfecho pensiones compensatoriaso anualidades por alimentos con derecho a reduccióna más de dos personas, los datos correspondientes ala tercera y sucesivas se cumplimentarán en hojasadicionales con idéntico formato al del impreso dedeclaración, acumulando los importes de todas laspensiones compensatorias y anualidades satisfechasen la casilla 585.Casilla 572. Importe de la pensión o anualidad satisfechaen <strong>2008</strong> por decisión judicial.Se consignará en estas casillas el importe satisfechopor el contribuyentes en el ejercicio a cada una de laspersonas identificadas en las casillas 571, en conceptode pensión compensatoria a favor del cónyuge ode anualidades por alimentos, con excepción de lassatisfechas en favor de los hijos, siempre que unas yotras hayan sido fijadas por decisión judicial.En ambos casos, el importe a efectos de esta reducciónno podrá exceder del que hubiera sido señaladojudicialmente.Casilla 585. Total con derecho a reducción.Se consignará en esta casilla la suma de las cantidadesque se hayan hecho constar en todas y cada unade las casillas 572.Reducciones por aportaciones a la mutualidadde previsión social de deportistas profesionalesLos deportistas profesionales y los deportistas de altonivel podrán reducir de la base imponible generaldel <strong>IRPF</strong> las aportaciones realizadas a la mutualidadde previsión social a prima fija de deportistas profesionales,con las especialidades que se comentan acontinuación.Concepto de deportista profesional y de deportista dealto nivel.Se consideran deportistas profesionales los incluidosen el ámbito de aplicación del Real Decreto1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula larelación laboral especial de los deportistas profesionales.Se consideran deportistas de alto nivel los incluidosen el ámbito de aplicación del Real Decreto971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de altonivel y alto rendimiento (BOE del 25).En todo caso, la condición de mutualista y aseguradodeberá recaer en el deportista profesional o dealto nivel.Contingencias que pueden ser objeto de cobertura.A efectos de esta reducción, las contingencias quepueden ser objeto de cobertura son las previstaspara los Planes de Pensiones en el artículo 8.6 del textorefundido de la Ley de Regulación de los Planes yFondos de Pensiones, aprobado por el Real DecretoLegislativo 1/2002, de 29 de noviembre.Casilla 590. Contribuyente que realiza las aportacionescon derecho a reducción.En caso de declaración conjunta, se identificará encada una de estas casillas al miembro de la unidadfamiliar que tiene derecho a reducción por este concepto,consignando para ello la expresión "Primer declarante","Cónyuge", "Hijo 1.º", "Hijo 2.º", ..., etc., segúnproceda.Casilla 591. Excesos pendientes de reducir procedentesdel ejercicio 2007.Los contribuyentes que no hubieran podido reduciren la declaración de 2007 la totalidad de las aportacionesrealizadas en dicho ejercicio a la mutualidadde previsión social de deportistas profesionales, biensea por superar el importe de las mismas el límitemáximo de reducción fiscal establecido legalmente opor insuficiencia de la base imponible, y que hubieransolicitado en dicha declaración poder reducir elexceso en los cinco ejercicios siguientes, harán constaren esta casilla el importe que, estando pendientede aplicación por este concepto, proceda aplicar enla declaración del ejercicio <strong>2008</strong>.Casilla 592. Aportaciones realizadas en <strong>2008</strong> conderecho a reducción.Se consignará en esta casilla el importe de las aportacionesrealizadas a la mutualidad en el ejercicio <strong>2008</strong>por el deportista profesional o de alto nivel de que setrate, incluidas, en su caso, las contribuciones que lehubiesen sido imputadas por los promotores en conceptode rendimiento del trabajo.Cuantía máxima de las aportaciones.A efectos de esta reducción, las citadas aportacionesy contribuciones tienen como límite máximo la cantidadde 24.250 euros anuales. Por consiguiente, el importeconsignado en la casilla 592 no podrá superaren ningún caso dicha cantidad.Casilla 600. Total con derecho a reducción.Se consignará en esta casilla el importe de la reducciónde la base imponible a la que, en su caso, el contribuyentetenga derecho en el ejercicio <strong>2008</strong> por lasaportaciones realizadas a la mutualidad de previsiónsocial de deportistas profesionales.Dicho importe estará constituido, en principio,por la suma de las cantidades consignadas en lascasillas 591 y 592, en concepto, respectivamente, deexcesos pendientes del ejercicio 2007 y de aportacionesrealizadas en <strong>2008</strong>, siempre que dicha sumano supere el límite máximo de reducción que se comentaa continuación, en cuyo caso en la casilla 600se consignará el importe que resulte de la aplicacióndel mismo.Límite máximo.El límite máximo de reducción fiscal en concepto deaportaciones a la mutualidad de previsión social aprima fija de deportistas profesionales vendrá determinadopor la menor de las dos cantidades siguientes:a) La suma de los rendimientos netos del trabajoy de actividades económicas percibidos individualmentepor el contribuyente en el ejercicio.b) La cantidad de 24.250 euros anuales.A su vez, las aportaciones realizadas a la mutualidadde previsión social de deportistas profesionalesrealizadas en el ejercicio <strong>2008</strong> que no hubieranpodido ser objeto de reducción en esta declaración,bien sea por exceder su importe del límite máximoindicado en la letra a) anterior o por insuficiencia dela base imponible, podrán ser reducidas en los cincoejercicios siguientes.En tal caso, no olvide cumplimentar a estos efectoslas casillas 670 y 671, situadas en la página 12 dela declaración.O Atención: las aportaciones a la mutualidad deprevisión social de deportistas profesionales realizadaspor deportistas profesionales y de alto nivel quehayan finalizado su vida laboral como tales o hayanperdido esta condición, darán derecho a reducciónconforme al régimen general previsto en los apartados1 a 6 del artículo 51 de la Ley del Impuesto, porlo que dichas aportaciones se reflejarán, en su caso,en las casillas 480 a 483 y 500 de la página 11 de ladeclaración.PÁGINA 58

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