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Guía IRPF 2008

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DeclaraciónPágina 5E 1 . Rendimientos de actividades económicas en estimación directaNo olvide consignar en el encabezamiento de la página 5 el NIF, así como los apellidos y el nombre del primer declarante.O Las retenciones e ingresos a cuenta correspondientesa los rendimientos de actividades económicasse consignarán directamente en la casilla 745 dela página 13 de la declaración, salvo que correspondanal arrendamiento de bienes inmuebles urbanos,en cuyo caso se consignarán en la casilla 744 de lacitada página.Los pagos fraccionados ingresados a cuentadel <strong>IRPF</strong>, correspondientes a las actividades económicasrealizadas, se consignarán directamente enla casilla 750 de la página 13 de la declaración.Las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadasde elementos patrimoniales afectos a lasactividades económicas realizadas por el contribuyentese declararán, en su caso, en el apartado G 2 ,situado en la página 9 de la declaración.¿A quién corresponden los rendimientos de lasactividades económicas?A efectos del <strong>IRPF</strong>, los rendimientos derivados delejercicio de actividades económicas correspondenen su totalidad a la persona que desarrolle dichasactividades de forma habitual, personal y directa. Sepresumirá, salvo prueba en contrario, que dichos requisitosconcurren en quien figure como titular de lamisma.Rendimientos de actividades económicas obtenidospor entidades en régimen de atribución derentas.Los rendimientos de actividades económicas obtenidospor entidades en régimen de atribución de rentasde las que el contribuyente sea socio, heredero,comunero o partícipe, no se incluirán en los apartadosE 1 , E 2 o E 3 de la declaración, sino que deberándeclararse en el apartado F de la página 8 por el importeque en cada caso resulte atribuible al contribuyentecomo consecuencia de la aplicación del citadorégimen especial.A estos efectos, las entidades en régimen de atribuciónde rentas deberán notificar por escrito a susmiembros la renta total obtenida por la entidad y larenta atribuible a cada uno de ellos.Son entidades en régimen de atribución de rentaslas siguientes:– Las sociedades civiles, tengan o no personalidadjurídica, a excepción de las sociedades agrariasde transformación.– Las comunidades de bienes.– Las herencias yacentes.– Las constituidas en el extranjero cuya naturalezajurídica sea idéntica o análoga a la de las entidadesen régimen de atribución de rentas constituidasde acuerdo con las leyes españolas.– Las demás entidades a que se refiere el artículo35.4 de la Ley General Tributaria.Normas generales de cumplimentaciónRealización de varias actividades económicas: distinciónentre actividades de diferente naturaleza otipo y/o acogidas a diferente modalidad del métodode estimación directa.Como criterio de carácter general, cuando un contribuyentedesarrolle varias actividades económicasa las que resulte aplicable el método de estimacióndirecta, podrán consignarse en una única columnadel impreso de declaración los datos acumulados detodas ellas, siempre que se trate de actividades cuyanaturaleza corresponda a un mismo tipo de los quemás adelante se indican a efectos de cumplimentarla casilla 101 y a las que resulte aplicable la mismamodalidad del mencionado método, normal o simplificada.En otro caso, los datos que se solicitan en la declaraciónse harán constar en diferentes columnas delimpreso, distinguiendo en cada una de ellas los datosrelativos a las actividades económicas cuya naturalezacorresponda a un mismo tipo de los que más adelantese indican a efectos de cumplimentar la casilla101 y a las que, asimismo, les resulte aplicable unamisma modalidad del método de estimación directa.Cumplimentación de hojas adicionales.Cuando deban cumplimentarse más de tres columnasde esta página de la declaración, se adjuntarána la misma las hojas adicionales que resulten necesarias.Para cumplimentar dichas hojas adicionales podránutilizarse simples fotocopias de la página 5 de ladeclaración, indicando en la casilla situada en la partesuperior derecha del impreso original el número dehojas adicionales que se adjuntan y consignando enlas casillas 136, 137 y 140 los datos correspondientesa la totalidad de las actividades declaradas.Actividades económicas realizadas y rendimientosobtenidosActividades realizadasCasilla 100. Contribuyente que realiza la/s actividad/es.En declaraciones conjuntas de unidades familiares seindicará en esta casilla quién es el contribuyente querealiza la actividad o actividades de que se trate, consignandopara ello la expresión "Primer declarante","Cónyuge", "Hijo 1º", "Hijo 2º", ..., etc.Casilla 101. Tipo de actividad/es realizada/s: claveindicativa.Se indicará en esta casilla el tipo o naturaleza de laactividad o actividades cuyos datos vayan a consignarseen cada una de las columnas del impreso dedeclaración, consignando para ello la clave que encada caso corresponda de las cinco siguientes:Tipo o naturaleza de la actividadClaveActividades empresarialesde carácter mercantil ................................................. 1Actividades agrícolas y ganaderas ......................... 2Otras actividades empresarialesde carácter no mercantil ........................................... 3Actividades profesionales de carácterartístico o deportivo .................................................. 4Restantes actividades profesionales ...................... 5A efectos de cumplimentar esta casilla se considerarán:– Actividades empresariales de carácter mercantil,las incluidas en la Sección Primera de las Tarifas delImpuesto sobre Actividades Económicas (IAE), conexcepción de las correspondientes a la División 0 (ganaderíaindependiente).– Otras actividades empresariales de carácter no mercantil,las actividades forestales y las actividades deartesanía, siempre que en este último caso las ventasde los objetos construidos o fabricados por los artesanosse realicen directamente por éstos en sus talleres.– Actividades profesionales de carácter artístico o deportivo,las incluidas en la Sección Tercera de las Tarifasdel Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).– Restantes actividades profesionales, las incluidasen la Sección Segunda de las Tarifas del Impuesto sobreActividades Económicas (IAE).Casilla 102. Grupo o epígrafe IAESe hará constar en esta casilla el grupo o el epígrafeen el que se encuentra clasificada la actividad realizadaa efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas(IAE).Cuando los datos declarados correspondan a variasactividades realizadas por un mismo contribuyente,se consignará el grupo o epígrafe del IAE en el que seencuentre clasificada la actividad principal, que será,a estos efectos, aquélla de la que se haya obtenidoun mayor volumen de ingresos.Casillas 103/104. Modalidad aplicable del métodode estimación directa.Se consignará una "X" en la casilla que corresponda ala modalidad del método de estimación directa queen cada caso resulte aplicable para la determinacióndel rendimiento neto de la actividad o actividades deque se trate.Casilla 105. Opción por el criterio de imputacióntemporal de cobros y pagos.Los contribuyentes que desarrollen actividades empresarialesde carácter mercantil a las que resulteaplicable la modalidad simplificada del método deestimación directa, o bien actividades empresarialesde carácter no mercantil o actividades profesionales,incluidas las artísticas o deportivas, y que optenpor el criterio de cobros y pagos para la imputacióntemporal de los ingresos y gastos de sus actividades,manifestarán dicha opción consignando una "X" enla/s casilla/s 105 correspondiente/s a las actividadesdeclaradas.Los contribuyentes que desarrollen actividadesempresariales de carácter mercantil a las que resulteaplicable el método de estimación directa, modalidadnormal, o que, cualquiera que sea la naturalezade las actividades desarrolladas y el método y modalidadaplicable a las mismas, lleven contabilidadajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio, deberánaplicar necesariamente, en relación con todassus actividades, los criterios de imputación temporalprevistos en la normativa reguladora del Impuestosobre Sociedades.O Importante: la opción por el criterio de imputacióntemporal de cobros y pagos habrá de referirsenecesariamente a la totalidad de las actividadesdesarrolladas por un mismo titular.En declaraciones conjuntas de unidades familiares enlas que varios de sus miembros desarrollen actividadeseconómicas por las que puedan acogerse al criteriode cobros y pagos para la imputación temporal delos correspondientes ingresos y gastos, cada uno delos titulares podrá manifestar la opción por la aplicacióndel mencionado criterio con independencia delos restantes miembros de la unidad familiar.Ingresos íntegros y gastos deduciblesLos importes de los diferentes conceptos de ingresoscomputables y de gastos fiscalmente deducibles, seharán constar agrupados según las rúbricas que figuranen el impreso de declaración, consignando el importetotal de los ingresos íntegros en la casilla 109 yel importe total de los gastos deducibles en la casilla127, si se trata de actividades en estimación directa,modalidad normal, o en la casilla 130, en el caso deactividades en estimación directa, modalidad simplificada.Para la determinación de los importes correspondientesa los distintos conceptos de ingresos y gastosdeberán tenerse en cuenta, además de las normasdel <strong>IRPF</strong>, las disposiciones contenidas en la normativareguladora del Impuesto sobre Sociedades vigenteen el ejercicio <strong>2008</strong>.PÁGINA 23Sigue

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