DeclaraciónPágina 9G 2 . Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimonialesDe resultar aplicable alguna reducción por esteconcepto, en la casilla 345 se consignará la diferenciaentre el importe total de las ganancias patrimonialesobtenidas (casilla 344) y el importe de las reduccionesque proceda practicar sobre las mismas.De no resultar aplicable ninguna reducción, seconsignará en la casilla 345 el importe que se hubierahecho constar en la casilla 344 anterior.O No olvide hacer constar en la casilla 349 la sumade los importes reflejados en todas y cada una delas casillas 345 de este epígrafe.Determinación del importe de la reducciónPara determinar el importe de la reducción de lasganancias patrimoniales derivadas de la transmisiónde acciones o participaciones adquiridas por el contribuyentecon anterioridad al día 31 de diciembre de1994, se procederá de la siguiente forma:1.º.- Parte de la ganancia patrimonial obtenidaque es susceptible de reducción.En primer lugar, se determinará la parte de la gananciapatrimonial obtenida que es susceptible dereducción, para lo cual deberá atenderse al valor quecorresponda a las acciones o participaciones transmitidasa efectos del Impuesto sobre el Patrimonio delaño 2005.A efectos del Impuesto sobre el Patrimonio del año2005, el valor de las acciones admitidas a negociaciónviene dado por la cotización media de las mismas enel cuarto trimestre de 2005 (1) y el de las participacionesen fondos de inversión, por el valor liquidativoque éstas tuvieran el día 31 de diciembre de 2005.– Si el valor de transmisión de las acciones oparticipaciones transmitidas fuese inferior al valorque corresponda a las mismas a efectos del Impuestosobre el Patrimonio del año 2005, la totalidad de la(1) Dicha cotización media puede consultarse en la OrdenEHA/492/2006, de 17 de febrero (BOE del 27).ganancia patrimonial obtenida es susceptible de reducción.– Por el contrario, si el valor de transmisión fueseigual o superior al valor de las acciones o participacionesa efectos del Impuesto sobre el Patrimonio delaño 2005, únicamente será susceptible de reducciónla diferencia positiva entre este último valor y el valorde adquisición de las acciones o participacionestransmitidas.2.º.- Importe de la reducción.Una vez determinada la parte de la ganancia patrimonialque es susceptible de reducción, el importede la reducción será la cantidad resultante de aplicarsobre dicha parte el porcentaje del 25 por 100, enel caso de acciones admitidas a negociación, o del14,28 por 100, si se trata de participaciones en fondosde inversión cotizados, por cada año de permanenciade las mismas hasta el 31 de diciembre de 1994, redondeadopor exceso.SigueEjemploEn el ejercicio <strong>2008</strong>, un contribuyente ha realizado las siguientes operacionesde venta de acciones en el mercado continuo de la Bolsa española:Fecha de la Sociedad N.º de Valor de Fecha de Valor deoperación emisora títulos transmisión (1) adquisición adquisición (1)16/02/<strong>2008</strong> MASA 200 3.458,00 20/10/1990 2.896,0024/05/<strong>2008</strong> ANTAS 150 8.690,00 05/05/2000 6.390,0005/10/<strong>2008</strong> VALSA 275 4.680,00 14/02/2007 5.327,0013/12/<strong>2008</strong> MASA 600 12.698,00 10/10/1992 3.685,00(1) Ambos valores, una vez computados los gastos y tributos a cargo del contribuyente.A efectos del Impuesto sobre el Patrimonio de 2005, el valor unitario de lascitadas acciones, según la cotización media del 4.º trimestre, fue el siguiente:MASA: 18,16 euros; ANTAS: 55,41 euros; VALSA: 13,65 euros.Determinar las ganancias y pérdidas patrimoniales que deben declararse en elapartado G 2 de la página 9 de la declaración.Solución1. Venta de 200 acciones MASA el 16/02/<strong>2008</strong>.Ganancia patrimonial obtenida (3.458,00 – 2.896,00) ................................... 562,00Ganancia patrimonial reducida.- Al derivar de la transmisión de acciones adquiridasantes del 31 de diciembre de 1994, para determinar el importe de laganancia patrimonial reducida debe calcularse en primer lugar el valor de las200 acciones transmitidas a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio del año2005, valor que asciende a 3.632 euros (200 acciones x 18,16 euros).Como dicho valor es superior al valor de transmisión de las acciones, la totalidadde la ganancia patrimonial obtenida es susceptible de reducción. Enconsecuencia, el importe de la ganancia patrimonial reducida se determinacomo sigue:Años de permanencia hasta el 31/12/1994: más de cuatro años.Porcentaje de reducción (4 años x 25%): 100 por 100Importe de la reducción (100% de 562,00) ................................................. 562,00Ganancia patrimonial reducida (562,00 – 562,00) ........................................ 0,002. Venta de 150 acciones ANTAS el 24/05/<strong>2008</strong>.Ganancia patrimonial obtenida (8.690,00 – 6.390,00) ................................2.300,00Ganancia patrimonial reducida.- Al derivar de la transmisión de acciones adquiridasdespués del 31 de diciembre de 1994, no procede reducir la gananciapatrimonial obtenida. Por tanto:Ganancia patrimonial reducida = Ganancia obtenida .......................2.300,003. Venta de 275 acciones VALSA el 05/10/<strong>2008</strong>.Pérdida patrimonial obtenida (4.680,00 – 5.327,00) ....................................... 647,00Pérdida patrimonial imputable a <strong>2008</strong>.- De no haberse adquirido accioneshomogéneas dentro de los dos meses anteriores o posteriores al 05/10/<strong>2008</strong>,se imputará al ejercicio la totalidad de la pérdida patrimonial obtenida. Portanto:Pérdida imputable a <strong>2008</strong> = Pérdida obtenida ....................................... 647,004. Venta de 600 acciones MASA el 13/12/<strong>2008</strong>.Ganancia patrimonial obtenida (12.698,00 – 3.685,00) ..............................9.013,00Ganancia patrimonial reducida.- Al derivar de la transmisión de acciones adquiridasantes del 31 de diciembre de 1994, el importe de la ganancia patrimonialreducida se determina como sigue:Valor I. Patrimonio 2005 (600 accs. x 18,16 euros) ............................. 10.896,00(inferior al valor de transmisión)Valor de adquisición ........................................................................................3.685,00Ganancia susceptible de reducción (10.896,00 – 3.685,00) ..............7.211,00Años de permanencia hasta el 31/12/1994: más de 2 años = 3 años.Porcentaje de reducción (3 años x 25%): 75 por 100Importe de la reducción (75% de 7.211,00) ............................................5.408,25Ganancia patrimonial reducida (9.013,00 – 5.408,25) .........................3.604,75Cumplimentación del impreso de declaraciónMGanancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones o participaciones negociadas en mercados oficialesAcciones o participaciones transmitidas y titulares:Entidad emisora 1Entidad emisora 2Entidad emisora 3Contribuyente titular de los valores transmitidos ............................. 340 Declarante 340 Declarante 340 DeclaranteSi las columnas previstas en esteapartado fuesen insuficientes,Denominación de los valores transmitidos (entidad emisora) ............ 341 MASA 341 ANTAS 341 VALSAindique el número de hojasadicionales que se adjuntan ....Importe global de las transmisiones efectuadas en <strong>2008</strong> ................ 342 16.156 00 342 8.690 00 342 4.680 00Valor de adquisición global de los valores transmitidos .................... 343 6.581 00 343 6.390 00 343 5.327 00Resultados:Ganancias patrimoniales. Importe obtenido .................................... 344 9.575 00 344 2.300 00 344TotalesGanancias patrimoniales. Importe reducido .................................... 345Pérdidas patrimoniales. Importe obtenido ....................................... 346Pérdidas patrimoniales. Importe imputable a <strong>2008</strong> ......................... 347345346347345346347647 003493503.604 75 2.300 00 5.904 75647 00 647 00PÁGINA 45
DeclaraciónPágina 9G 2 . Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimonialesCasilla 346. Pérdidas patrimoniales. Importe obtenido.Se consignará en esta casilla la suma de las pérdidaspatrimoniales obtenidas como consecuencia de lastransmisiones efectuadas por el contribuyente en elejercicio de acciones o participaciones de la sociedademisora o fondo de inversión cotizado de que se trate.Casilla 347. Pérdidas patrimoniales. Importe imputablea <strong>2008</strong>.Las pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisiónde acciones o participaciones en alguno de losmercados oficiales de valores españoles o en cualquierotro de los mercados regulados definidos enla Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo ydel Consejo, de 21 de abril de 2004, no se computaráncomo tales pérdidas si el contribuyente hubieraadquirido acciones o participaciones homogéneasdentro de los dos meses anteriores o posteriores a lafecha en que haya tenido lugar la transmisión.En tales supuestos, las pérdidas obtenidas se integrarána medida que se produzca la posterior transmisiónde las acciones o participaciones que permanezcanen el patrimonio del contribuyente.Cuando, por haberse efectuado tales operacionesde recompra, no proceda integrar alguna pérdidapatrimonial en el presente ejercicio, su importese incluirá entre las pérdidas obtenidas a efectos decumplimentar la casilla 346 anterior, pero no se computaráentre las pérdidas patrimoniales imputables a<strong>2008</strong> a que se refiere la casilla 347.De no haberse efectuado ninguna de las mencionadasoperaciones de recompra de acciones o participaciones,se consignará en la casilla 347 el mismoimporte que se hubiera hecho constar en la casilla346 anterior.O No olvide consignar en la casilla 350 la suma delos importes reflejados en todas y cada una de lascasillas 347 de este epígrafe.Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadasde transmisiones de otros elementos patrimonialesSe declararán en este epígrafe de la declaración lasganancias y pérdidas patrimoniales que, habiendosido obtenidas por el contribuyente en el ejerciciocomo consecuencia de la transmisión de elementospatrimoniales, incluidos, en su caso, los afectos a actividadeseconómicas, sean distintas de las que procedadeclarar en los epígrafes anteriores del apartadoG 2 .La declaración de las mencionadas ganancias ypérdidas patrimoniales se efectuará con independenciade que, en función del criterio de imputacióntemporal aplicable en cada caso, proceda efectuar suintegración o no en el mencionado ejercicio.O Recuerde: las ganancias y pérdidas patrimonialesobtenidas por entidades en régimen de atribuciónde rentas de las que el contribuyente sea socio,heredero, comunero o partícipe, no se incluirán enlos apartados G 1 o G 2 , sino que deberán declararseen el apartado F de la página 8 de la declaraciónpor la parte que en cada caso resulte atribuible alcontribuyente como consecuencia de la aplicacióndel citado régimen especial.O Una vez determinados los importes de las casillas383, 384 y/o 385, no olvide cumplimentar elapartado G 5 de la página 10 de la declaración, dondeintervienen para determinar los importes de lascasillas 443 y/o 444.Normas de cumplimentaciónDistinción entre ganancias y pérdidas derivadas de latransmisión de diferentes elementos patrimoniales.Si se hubieran efectuado transmisiones de diferenteselementos patrimoniales, en cada una de las columnasdel impreso de declaración se reflejarán losdatos relativos a la ganancia o pérdida patrimonialderivada de la transmisión de un mismo elementopatrimonial.Hojas adicionales.Cuando deban incluirse en este epígrafe un númerode ganancias o pérdidas patrimoniales superior alprevisto en el impreso de la declaración, se adjuntaránlas hojas adicionales que resulten necesarias parareflejar los datos relativos a todas ellas.Para cumplimentar dichas hojas adicionales podránutilizarse simples fotocopias de la página 9 dela declaración, debiendo indicarse en las casillasprevistas al efecto del impreso original el número dehojas adicionales que se adjuntan y consignando enlas casillas 383, 384 y/o 385 los importes acumuladoscorrespondientes a la totalidad de las ganancias ypérdidas patrimoniales declaradas.Titularidad y datos del elemento patrimonialtransmitidoCasilla 360. Contribuyente titular del elementopatrimonial transmitido.Se indicará en esta casilla la persona a quien corresponda,en todo o en parte, la titularidad del elementopatrimonial de cuya transmisión deriva la gananciao pérdida patrimonial producida, consignando paraello la expresión "Primer declarante", "Cónyuge", "Hijo1º", "Hijo 2º", ..., etc.En los supuestos de titularidad compartida, seindicará, además, el porcentaje o proporción que correspondaa la persona identificada como titular. Noobstante, en el supuesto de titularidad compartidaentre cónyuges que presenten declaración conjunta,bastará hacer constar en esta casilla la expresión"Común".O En caso de matrimonio, tenga en cuenta quesi la titularidad de los elementos patrimoniales correspondepor partes iguales a ambos cónyuges, lasganancias y pérdidas producidas se atribuirán pormitad a cada uno de ellos.O En cualquier otro supuesto de titularidad compartida,las ganancias y pérdidas patrimoniales seatribuirán en función de la participación de cadacontribuyente en la titularidad de los correspondienteselementos patrimoniales, determinada deacuerdo con las normas sobre titularidad jurídicaque resulten aplicables en cada caso.Casilla 361. Tipo de elemento patrimonial.Se indicará en esta casilla el tipo de elemento patrimonialdel cual deriva la ganancia o pérdida patrimonialproducida, a cuyo efecto se consignará la claveque en cada caso proceda de las siguientes:a) Elementos patrimoniales no afectos a actividadeseconómicas:Clave Tipo de elemento patrimonial1 Bienes inmuebles y derechos reales sobrelos mismos.2 Otros derechos sobre bienes inmuebles yvalores de las entidades a que se refiere elartículo 108 de la Ley 24/1988, de 28 dejulio, del Mercado de Valores.3 Acciones no admitidas a negociaciónen alguno de los mercados secundariosoficiales de valores españoles o en cualquierotro de los definidos en la Directiva2004/39/CE, del Parlamento Europeo y delConsejo, de 21 de abril de 2004.4 Acciones admitidas a negociación en algunode los mercados secundarios oficialesde valores citados anteriormente, cuandola transmisión de las mismas no se hayaefectuado en dichos mercados o tenga laconsideración de operación a plazos o conprecio aplazado.5 Otros elementos patrimoniales distintosde los anteriores.b) Elementos patrimoniales afectos a actividadeseconómicas:Clave Tipo de elemento patrimonial6 Bienes inmuebles y derechos reales sobrelos mismos, afectos a actividades económicas.7 Otros elementos patrimoniales afectos aactividades económicas.Casillas 362 y 363. En caso de inmuebles: situacióny referencia catastral.Cuando la ganancia o pérdida patrimonial derive dela transmisión de un elemento patrimonial del tipoidentificado en la casilla 361 con alguna de las claves1 ó 6, se indicará en las casillas 362 y 363 la situacióny la referencia catastral del bien inmueble de que setrate, para lo cual se procederá de la siguiente forma:En la casilla 362 se consignará la clave indicativade la situación del inmueble, que será la que en cadacaso corresponda de las siguientes.Clave Situación1 Inmueble con referencia catastral situadoen cualquier punto del territorio español,con excepción del País Vasco y Navarra.2 Inmueble con referencia catastral situadoen la Comunidad Autónoma del País Vascoo en la Comunidad Foral de Navarra.3 Inmueble situado en cualquier punto delterritorio español, pero sin tener asignadareferencia catastral.4 Inmueble situado en el extranjero.A continuación, de haberse consignado en la casilla362 la clave "1" o la clave "2", se hará constar en lacasilla 363 la referencia catastral del inmueble, datoque figura en el recibo del Impuesto sobre BienesInmuebles (IBI) correspondiente al mismo y que tambiénpuede obtenerse en la página de la Oficina Virtualdel Catastro en Internet, en la dirección "https://ovc.catastro.meh.es", o llamando a la Línea Directadel Catastro (teléfono: 902 37 36 35).Fechas y valores de transmisión y de adquisiciónCasillas 364 y 365. Fechas de transmisión y de adquisición.Consigne en cada una de estas casillas la fecha enque hayan tenido lugar, respectivamente, la transmisióny la adquisición del elemento patrimonial deque se trate.Dicho dato se expresará de forma numérica medianteel formato DD-MM-AAAA. (Por ejemplo, el día3 de noviembre de 2002 se expresará como 03-11-2002).PÁGINA 46