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Guía IRPF 2008

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DeclaraciónPágina 12 L. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares: mínimo personal y familiarb) Declaración de MLR, de 69 años de edad.Con carácter general ....................5.151 eurosIncremento por edadsuperior a 65 años ............................ 918 eurosMínimo del contribuyente .........6.069 euros2. En caso de declaración conjunta:Con carácter general ....................5.151 eurosIncremento por edadsuperior a 65 años (918 x 2) ........1.836 euros(ambos cónyuges)Incremento adicional poredad superior a 75 años .............1.122 euros(el cónyuge ADG)Mínimo del contribuyente .........8.109 eurosCasilla 676. Mínimo por descendientes.Cuestiones generales.M A efectos de la aplicación de este mínimo familiar,son descendientes los hijos, nietos, bisnietos, ... etc.,que desciendan del contribuyente y que estén unidosa éste por vínculo de parentesco en línea rectapor consanguinidad o por adopción, sin que se entiendanincluidas las personas unidas al contribuyentepor vínculo de parentesco en línea colateral (v. gr.:sobrinos) o por afinidad (v. gr.: hijastros).A estos mismos efectos, se asimilan a los descendienteslas personas vinculadas al contribuyente porrazón de tutela o acogimiento, en los términos previstosen la legislación civil aplicable.M La determinación de las circunstancias que debantenerse en cuenta a efectos de la aplicación delmínimo por descendientes, se realizará atendiendo ala situación existente en la fecha de devengo del impuesto(normalmente, el 31 de diciembre de <strong>2008</strong>).Por excepción, en el supuesto de que alguno de losdescendientes hubiera fallecido en el ejercicio conanterioridad al 31 de diciembre, la determinaciónde las circunstancias del mismo que deban tenerseen cuenta a efectos de la aplicación del mínimo pordescendientes se efectuará atendiendo a la situaciónexistente en la fecha de fallecimiento.M Cuando varios contribuyentes (por ejemplo, ambospadres) tengan derecho a la aplicación del mínimofamiliar por un mismo descendiente, su importese prorrateará entre ellos por partes iguales.No obstante, cuando los contribuyentes tengan distintogrado de parentesco con el descendiente (porejemplo, padres y abuelos) el mínimo familiar corresponderáíntegramente a los de grado más cercano(padres), salvo que éstos no tengan rentas superioresa 8.000 euros, excluidas las exentas, en cuyo caso corresponderáa los del siguiente grado (abuelos).Requisitos de los descendientes.Únicamente podrá aplicarse el mínimo familiar porlos descendientes del contribuyente que cumplantodos y cada uno de los siguientes requisitos:a) Que sean menores de 25 años en la fecha dedevengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembrede <strong>2008</strong>), salvo que se trate de descendientescon discapacidad con un grado de minusvalía igual osuperior al 33 por 100, en cuyo caso podrá aplicarseel mínimo por descendientes cualquiera que sea suedad, siempre que cumplan los restantes requisitos.b) Que convivan con el contribuyente.Se considera que conviven con el contribuyente,entre otros casos, los descendientes que, dependiendodel mismo, estén internados en centros especializados.c) Que en el ejercicio <strong>2008</strong> no hayan obtenidorentas superiores a 8.000 euros, excluidas, en su caso,las rentas exentas del Impuesto.d) Que no presenten declaración del <strong>IRPF</strong>, independientementedel contribuyente, con rentas superioresa 1.800 euros.Así, por ejemplo, en la declaración individual de uncontribuyente no casado o separado legalmente nodarán derecho a mínimo familiar los hijos menoresde edad que presenten declaración conjunta formandounidad familiar con el otro progenitor e incluyanen dicha declaración rentas superiores a 1.800euros, ya que, en este supuesto, dichos hijos estaríanpresentando declaración del <strong>IRPF</strong> (conjunta, en estecaso) independientemente de la del contribuyente ycon rentas superiores a 1.800 euros.Cuantía del mínimo por descendientes.Se consignará en la casilla 676 el importe que correspondaal contribuyente por todos y cada uno de susdescendientes con derecho a la aplicación de estemínimo familiar, de acuerdo con las cuantías que encada caso se indican a continuación:Con carácter general.Por el primero ............................................1.836 eurosPor el segundo ..........................................2.040 eurosPor el tercero .............................................3.672 eurosPor el 4.º y siguientes: cada uno ..........4.182 eurosNota.- El número de orden de los descendientes seasignará en función de la edad de los que den derechoa aplicar este mínimo familiar, comenzandopor el de mayor edad y sin computar aquellos descendientesque, en su caso, hubieran fallecido en elejercicio con anterioridad a la fecha de devengo delimpuesto.Incremento por descendientes menores de tresaños.En caso de descendientes que sean menores detres años en la fecha de devengo del impuesto,el mínimo por descendientes que corresponda acada uno de los mismos se incrementará en 2.244euros.Nota.- En los supuestos de adopción o acogimiento,tanto preadoptivo como permanente, procederála aplicación de este incremento, con independenciade la edad del menor, en el período impositivoen que se inscriba en el Registro Civil y en los dossiguientes.Cuando la inscripción no sea necesaria, el incrementose podrá practicar en el período impositivoen que se produzca la resolución judicial o administrativacorrespondiente y en los dos siguientes.Cuando tenga lugar la adopción de un menorque hubiera estado en régimen de acogimiento ose produzca un cambio en la situación del acogimiento,el incremento se podrá practicar durantelos períodos impositivos que resten hasta agotar elmáximo de tres.Descendientes fallecidos.En caso de que alguno de los descendientes quegeneren derecho a este mínimo familiar hubierafallecido en el ejercicio con anterioridad a lafecha de devengo del impuesto, el mínimo pordescendientes correspondiente al mismo será de1.836 euros.Ejemplo 1. Matrimonio con hijos comunes.Al iniciarse el año <strong>2008</strong>, con un matrimonioconviven sus tres hijos comunes, de 27, 18 y 14años de edad.El hijo mayor, que padecía una discapacidadcongénita por la que tenía acreditado un gradode minusvalía del 70 por 100, falleció en el mesde noviembre, por lo que al finalizar el ejercicioúnicamente convivían con el matrimonio losdos hijos restantes, de 18 y 14 años de edad.Ninguno de los hijos ha obtenido rentas en elejercicio.Determinar el importe del mínimo por descendientesen la/s declaración/es de ambos cónyuges.SoluciónA efectos del mínimo por descendientes secomputan los tres hijos del matrimonio: los dosmenores de 25 años y el hijo discapacitado de27 años, respecto del cual no opera el límitemáximo de edad y pese a haber fallecido antesdel 31 de diciembre.a) Declaración conjunta del matrimonio.Si el matrimonio opta por presentar declaraciónconjunta, en dicha declaración (casilla 676) procederáel siguiente mínimo por descendientes:Con carácter general (los dos hijos que convivencon el matrimonio al finalizar el ejercicio):Por el hijo 1º (de 18 años) ........................1.836Por el hijo 2º (de 14 años) ........................2.040Suma ................................................................3.876Por el hijo fallecido ..........................................1.836Mínimo por descendientes ...........................5.712(3.876 + 1.836)b) Declaraciones individuales de los cónyuges.Al tratarse de hijos comunes por los que amboscónyuges tienen derecho por igual a la aplicacióndel mínimo familiar por descendientes,si optasen por presentar declaraciones individuales,en la casilla 676 de cada una de ellasse consignará por este concepto la mitad delimporte que correspondería en caso de declaraciónconjunta. Por consiguiente:Mínimo por descendientes (5.712 ÷ 2) ......2.856Ejemplo 2. Pareja de hecho con hijos comunes.Con dos contribuyentes no casados convivensus dos hijos comunes, de 18 y 2 años de edad.El mayor de los hijos no ha obtenido en el ejercicioningún tipo de rentas. El hijo menor, sinembargo, ha obtenido 3.650 euros de rendimientosdel capital mobiliario procedentes unacartera de valores que le donó su abuelo paternoal nacer, por lo que está obligado a presentardeclaración del <strong>IRPF</strong>.Determinar el importe del mínimo familiar pordescendientes.Solucióna) Declaraciones individuales del padre y dela madre.A tratarse de hijos comunes por los que ambospadres tienen derecho por igual a la aplicacióndel mínimo familiar, en cada una de las declaracionesindividuales procederá el siguientemínimo familiar por descendientes:Por el hijo 1º (18 años) ................................. 91850% de 1.836Por el hijo 2º (*) .................................................... 0Total mínimo por descendientes ............ 918(*) En caso de tributación individual, el hijo menordeberá presentar su propia declaración individualdel <strong>IRPF</strong> con rentas superiores a 1.800 euros, por loque no dará derecho a ninguno de sus padres a laaplicación del mínimo por descendientes.b) Declaración conjunta del padre con el hijomenor de edad y declaración individual de lamadre.En este ejemplo, la unidad familiar puede formarla,a su elección, el padre o la madre con elhijo menor de edad, sin que sea posible que laPÁGINA 63Sigue

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