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CODIGO DE COMERCIO - Bufete Ramos Messina

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Art. 97. - Es responsable de la llegada de las mercaderías y efecto en el término<br />

señalado en la carta de porte, fuera del caso de fuerza mayor legítimamente<br />

comprobada.<br />

Art. 98. - Es responsable de las averías o pérdidas de las mercancías y efectos, si<br />

no consta estipulado lo contrario en la carta de porte, o si aquellas no han<br />

acontecido por fuerza mayor.<br />

Art. 99. - Es responsable de los actos del comisionista intermediario, a quien dirija<br />

las mercancías.<br />

Art. 100. - La mercancía que ha salido del almacén del vendedor o del expedidor,<br />

viaja, si no hay pacto en contrario, de cuenta y riesgo de aquel a quien pertenece,<br />

salvo su recurso contra el comisionista y el porteador encargados del transporte.<br />

Art. 101. - La carta de porte forma un contrato entre el expedidor y el porteador, o<br />

entre el expedidor y el comisionista y el porteador.<br />

Art. 102. - La carta de porte debe tener fecha, y debe expresar: La naturaleza, el<br />

peso o la calidad de los objetos que deban transportarse, y el término en que se<br />

debe verificar el transporte. Ha de indicar: los nombres y domicilio del comisionista<br />

por cuya intervención se efectúa el transporte, si lo hay; los nombres de la persona<br />

a quien se dirige la mercancía; los nombres y domicilio del porteador.<br />

Ha de enunciar: el precio del porte, la indemnización debida por causa de retardo.<br />

Ha de estar firmada por el expedidor o por el comisionista.<br />

Ha de presentar al margen: las marcas y números de los objetos que se deban<br />

transportar.<br />

El comisionista copiará la carta de porte en un registro foliado y rubricado, sin<br />

intervalos y seguidamente.<br />

SECCIÓN 4a.<br />

Del porteador<br />

Art. 103. - El porteador es responsable de la pérdida de los objetos que conduce,<br />

excepto los casos de fuerza mayor.<br />

Es responsable de las averías que no sucedan por vicio propio de la cosa, o por<br />

fuerza mayor.

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