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HE LOS I1ESl'üHLlnOS y SI; BEI'OHLICIO:\. 1.H<br />

mos él concejos , llamándolos il la caheza del distrito: v<br />

cuidará de enviar por mano de los )1inistros del Consej()<br />

encargados de la provincia, resúmenes breves del resultndodela<br />

visita, para providenciar lo conveniente. =---= Los<br />

salarios serán de cuenta de los culpados; y no alcanzando<br />

ü cubrirloslas condenaciones, se suplirá el resto de los<br />

caudales de propios y arbitrios de los pueblo,; residenciados:<br />

" en casn de sobrar alguna cantidad de las condenaciones<br />

se aplicará il favorede estos, deducida la parle<br />

correspondiente á penas de Cámara.=Los Corregidores ó<br />

Alcaldes mayores, sus oficiales y dependientes no recihiran<br />

dádivas de ninguna especie, directa ni indirectamente<br />

mas de los salarios designados, y en las visitas se mantendrán<br />

i.t su costa, sin permitir que los pueblos los mantengan<br />

ni á ninguno de comitiva.=Y no llevaran mas que<br />

un escribanoque, sin hacer otro oficio, actúeen la visita,<br />

y no sea del pueblo visitado. =Los ministros del Consejo<br />

encargados dela correspondcncin de la provinciacuidarán<br />

de que las visitasse hagan en el tiempoy modo mas proporciouado<br />

: yen ellas se examinarán ocularmente los[(;1'­<br />

minos de lospueblosde su jurisdiccion1 aclarando los confundidos,<br />

poniendo señales ~ mojones, y ejecutando lo<br />

mismo en los límites con reinos estraños.<br />

TÍTt:LO XXII.<br />

[)E LOS DESrOBL.\DOS y su !lE POBLAC IO~.<br />

Ley 1. Los que tengan casas de morada dentro d('<br />

los muros del pueblo no salgan á morar fuera de ellos ú<br />

los arrabales; ni hahiendo suelo dentro para poder poblar,<br />

se permita morar en arrabal al que fuere a él. Los mercaderes<br />

y joyeros que vivan dentro de pueblos cercados,<br />

nosaquen i.t vender sus mercaderías en los arrabales, y si<br />

las vendan dentro de los muros.<br />

:2. Los que en términos realengos ó concegiles hubieren<br />

plantado viñas, huertas y otros árboles, y hecho cdifiCIOS<br />

con licencia del concejo del pueblo de 22 años á

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