17.11.2013 Views

ESTRACTO

ESTRACTO

ESTRACTO

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ih 1.L1l1i0 VII. TITULO XV.<br />

go~.=-\J.° Pondrán entero en las escrituras todo lo conte<br />

nido en ellas, de modo que las copias contengan las mismas<br />

materiales palabras (IUC los protocolos sin mas qU(' L:<br />

suscripciondel eS(Tibano."-"'1 O. Las cancelaciones de dendas<br />

y redenciones de censoslas otorgarán por escritura sr'<br />

parada ~ no al márgen, pero sí notarán en estn, tanto (Ji'!<br />

instrumentoprincipal, comodel de cnncclacion los fol iosde<br />

uno y otro resllectivamente.=,--,1 ,1. Las cscriturasdcalmonrdas"<br />

ventas (e hienes muehlesse recibirán conrelacion (J"<br />

pn'gouero y leqigos ohservando la solemnidad d(~ derpcl}(!.<br />

=1:2. Los escribanos sustitutos qllen'gpnlan escrituras d,'<br />

otros ya difuntos uo podrán regular y estcnder en papel<br />

sellado las que estos dejaron apuntadas en bnrrador ><br />

sin justificacion, quP mandará rccihir el juez ordinario de<br />

haber sido recibidas por dicho escribano difunto.= I:j<br />

Se salvarán y rubricarán las adiciones marginales, postilas,<br />

entrerrenglones y testados en las manuales y estose<br />

signarán al principio v fin. --'C' '14. No se hará Jiovpdad<br />

en el estilo de contar f'llipf'zando el año por ~a\'idad, :­<br />

los instrumentos se otoraarán en idioma intp]j",ihJf' ¡i Jo."<br />

contraveutes (,1 ¡ji. L •<br />

'29. ' ,*' Se'de(~lara por punto general , (IU(~ (t los dueños<br />

de las escribanías numerarias Ó locales en la Corona<br />

de Aragon sololes competeel nombramiento; y que sin preceder<br />

el examen de los escribanos en el Consejo, despadIO<br />

de títnlo correspondiente, pap:a de media-anata, y demas<br />

derechos establecidos que satisfacen los qne se nombran<br />

en Castilla por los dueños (k semejantes csbrihamn,<br />

no pueden ejp['ce[' el oficio; dehiendo en esto observarsela<br />

disposiciou de la ley 3." de este título, y los autos acordados<br />

que tratan del asunto sin perjuicio de las particulares<br />

facultades y reglas acordadas para loscolegiosdeescribanos.<br />

Y nillgutlo que se nombrare use 'ni ejerza Sil<br />

oficio sin que acuda primero al Consejo á solicitar la apro<br />

(1iJ) 1'. R. resclucion de 15 de Aln'il de 17S0, se mandil formar<br />

una instrnccion'en que se copilase todo lo mandado para «scribanos<br />

y se cntre¡caq, ;Í cada uno un ejemplar a] dr'spacharlcs «l ütulo y SI,<br />

formó "sta instrucc.on con iD capitulos aprobándola el consejo en R<br />

de Noviembre de 17:jO }' circularIola á las justicias en '20do Ahr.l<br />

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!