17.11.2013 Views

ESTRACTO

ESTRACTO

ESTRACTO

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DE LOS LIBRERO'; Y SLS I'lIPIlESIONES, ETC. 383<br />

la lev I de este titulo prohibitiva de la venta de libros de<br />

i'uen; del reyno , sin presentar un ejemplar en el Consejo,<br />

rara su examen ~. licencia de su intrnduocion y venta;<br />

detcnieudusc mientras tanto en las aduanas los surtidos<br />

que vinieren: v habilitada la introduccion de una obra con<br />

dicha licencia', dcherúesta exhibirse á loscomisionados del<br />

Consejo en los pueblos de entrada con un ejemplar en las<br />

introducciones sucesivas, para que siendo de la misma edicinn<br />

, la dejen pasar; todo bajo las penas de dicha ley en<br />

"aso de conlravencion , v otras mayores en el de que se<br />

añadan ó suplanten en liu; obras aigllnos hechos ú especies<br />

!lO coutcnidas en el ejemplar exihido al Consejopara<br />

la lccncia ; cuidando el juez de imprentas de su ejccucíou<br />

en tndo , El juez de imprentas oi¡.;a y administre la mas rigurosa<br />

justicia ,t cualquiera que se quejase del autor de<br />

cualquiera obra impresa; haciendo se censuren dc~ nuevo<br />

por p(~rsonas imparciales, sabias y prudentes, y condenando<br />

á los autores , en caso de ser justas las quejas á la<br />

rctractacion pública, ó á la esplicaciun de sus obras, r<br />

ala rcparucion del daño y costas , como lambien en las<br />

demás penas que fueren e'orrespondientes ; todo con eitaciou<br />

v audiencia de los mismos autores \' apelaciones al<br />

Con'¡'jo ; hieu eutcnd ido, que en el caso contrario de no<br />

ser las quejas fundadas, deberán sufrir iguales penas y<br />

coudcnacioncs los que las hayan promovido.<br />

:n. " La, obras facultativa, de los colegios tic cirujia,<br />

despucs de arreglada" se remitirán certificadas por el<br />

secretario de la Junta superior gubcrnatira., para que<br />

aprobadas por esta, el Consejo ó juez de imprentas den<br />

la licencia correspondiente para su impresion , que se coslearú<br />

del fondo de la cirujia , á euyo favor quedará el<br />

prnductn de su venta. = Dichos colegios , que tendrán<br />

respectivamente el privilegio esclusivo de imprimir sus<br />

obra." . remitirán 11n ejemplar de ellas á cada uno de los<br />

illdil'il;,:¡:, de la Junta, y se esponcirá otro en las biblio­<br />

¡pcas dl~ e\los , danrlosc también ejemplares á loscatedrático"<br />

(k i~1 fJlle se hiciesela impresion. = Siempre que al­<br />

':llIJO de los prorl~,ores de estos coll'gills quiera imprimir<br />

. h:'il suya particular , y no tuviere cuidal suficicurc para

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!