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Pago por Servicios Ambientales y Comunidades Rurales. - UNAM

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El movimiento ecologista suele funcionar con base en redes, a veces ad hoc y a veces más<br />

formales, que consisten en organizaciones civiles dedicadas a la ecología. 8 El peso del<br />

movimiento llevó a la ayuda no-declarada del partido gobernante, en los 1980s, para formar el<br />

Partido Verde Ecologista Mexicano, con la esperanza de canalizar las iniciativas políticas del<br />

movimiento ecologista urbano. Claro, su impacto mayor fue la decisión de establecer, <strong>por</strong><br />

primera vez en 1982, una secretaría con responsabilidad <strong>por</strong> la ecología, la SEDUE (como se<br />

verá más adelante).<br />

C. Marco Legal<br />

El marco jurídico-normativo que rige la gestión de los recursos naturales, se encuentra disperso<br />

en una variedad de instrumentos legales. Los contenidos de la Constitución y las leyes generales<br />

federales son materia del Congreso de la Unión, de igual forma que los tratados internacionales.<br />

Todas las leyes generales requieren de leyes reglamentarias. Las Normas Oficiales Mexicanas<br />

(NOM) establecen patrones con la fuerza de ley.<br />

El Artículo 27 de la Constitución sigue dando la definición básica del carácter nacional de la<br />

propiedad de los recursos del país. En este espíritu patrimonial, el Estado, establece los medios<br />

para la constitución de la propiedad social 9 y privada y restringe aquellas a la preservación del<br />

interés público.<br />

Por primera vez, en 1971, el gobierno mexicano aprobó una ley ambiental consolidada, que<br />

respondió a la acelerada industrialización y urbanización del país, desde los 50s, y que estaba<br />

dedicada estrictamente al control de la contaminación del aire, agua y mar. En la Ley Federal de<br />

Protección del Ambiente (1982) se vieron incluidas provisiones para la protección y preservación<br />

de los ecosistemas, incluyendo <strong>por</strong> primera vez un marco legal para la protección de la flora,<br />

fauna, tierra y agua. Marcó también el inicio de la conjugación de la conservación de los<br />

recursos naturales con el desarrollo socio-económico; y coincidió con la conformación de una<br />

nueva secretaría federal con responsabilidades ecológicas-ambientales, la Secretaría de<br />

Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE).<br />

En 1988 se aprobó la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente<br />

(LGEEPA) que está considerada como una de las más avanzadas de América Latina, “<strong>por</strong> su<br />

carácter comprensivo y en particular <strong>por</strong> la introducción del ordenamiento ecológico, la<br />

evaluación del impacto ambiental y los planes de manejo, y <strong>por</strong> incor<strong>por</strong>ar elementos<br />

participativos como la denuncia popular”. 10 Sin embargo “no prevé expresamente el uso de<br />

instrumentos económicos dentro de la política ambiental”. 11<br />

8 Además de las organizaciones mencionadas en la nota anterior, figuran Pronatura, el Centro Mexicano de Derecho<br />

Ambiental, Conservación Internacional, Greenpeace, y redes como el Pacto de Grupos Ecologistas, el Grupo de los<br />

Cien, y otras más.<br />

9 La “propiedad social” consiste en los ejidos y los bienes comunales de los pueblos indígenas.<br />

10 Ver Instrumentos Económicos, PNUMA/SEMARNAP, 1998.<br />

11 Ibid.<br />

11

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