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CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

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D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOvencimiento.Los proveedores serán responsables de que su inscripción en elRegistro correspondiente del RNP se encuentre vigente durante suparticipación en el proceso de selección hasta la suscripción delcontrato. Las Entidades deberán verificar su autenticidad y vigencia enel portal institucional de <strong>OSCE</strong>.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASelectrónicamente a su respectiva constancia a través del portalinstitucional del <strong>OSCE</strong>.Los proveedores serán responsables de que su inscripción en elRegistro correspondiente del RNP se encuentre vigente al registrarsecomo participante, en la presentación de propuestas, en elotorgamiento de la buena pro y la suscripción del contrato. LasEntidades deberán verificar la vigencia de la inscripción en el RNP enel portal institucional de <strong>OSCE</strong>.Mediante directivas el <strong>OSCE</strong> establecerá disposiciones alpresente capítulo.Lo dispuesto en el presente Capítulo será de aplicación en lostrámites de renovación de inscripción, aumento de capacidadmáxima de contratación y ampliación de especialidad, en lo quecorresponda.Artículo 253.- Calificación de SubcontratosEn los procedimientos tramitados ante el RNP, los subcontratosserán considerados para la calificación del subcontratista y no para ladel contratista principal, siempre que la subcontratación haya sidoautorizada por las Entidades contratantes, de conformidad con loestablecido en el presente Reglamento.Artículo 253º.- Calificación de subcontratos de ejecución de obraspúblicasEn los procedimientos tramitados ante el RNP, los subcontratos deejecución de obras públicas serán considerados para la calificacióndel subcontratista y no para la del contratista principal, siempre queposean la misma naturaleza y objeto del contrato original. En estecaso los subcontratos deben haber sido autorizados por lasEntidades contratantes, de conformidad con lo establecido en elpresente Reglamento. Para que dichos subcontratos seancalificados como experiencia para la asignación de la capacidadmáxima de contratación, éstos deben estar inscritos en el RNP,según el procedimiento establecido en el TUPA del <strong>OSCE</strong>.Artículo 254.- Fiscalización posterior a los procedimientostramitados ante el RNPEl <strong>OSCE</strong> someterá a fiscalización posterior la documentación,Artículo 254º.- Fiscalización posterior a los procedimientostramitados ante el RNPEl <strong>OSCE</strong> someterá a fiscalización posterior la documentación,104

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