10.07.2015 Views

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOEntidades suscriban los referidos convenios deberán encontrarseacreditadas en el Perú de acuerdo con las normas sobre lamateria, debiendo presentar a la Entidad el documentocorrespondiente.4. La Entidad encargante celebrará un convenio con el organismoencargado, el que deberá ser específico y concreto para cadaproceso de contratación encargado. Cada convenio detallará lasobligaciones y responsabilidades de cada una de las partes.5. Los convenios contendrán los siguientes aspectos:a) El compromiso por parte del organismo internacional de quelos procesos se sujetarán a normas uniformes aplicables anivel internacional y que cumplan los principios establecidosen la Ley de Contrataciones del Estado.b) El compromiso del organismo internacional de llevar a caboprocesos de capacitación en materia de compras al personalque la Entidad designe.c) Obligación por parte de la Entidad de incluir las contratacionesen el Plan Anual de Contrataciones, registrar en el SEACE laconvocatoria de los procesos de contratación que realice elorganismo internacional encargado, el resultado de losmismos, los proveedores adjudicados, los montos y contratoscelebrados.d) Provisión de información periódica al Ministerio de Economía yFinanzas, Contraloría General de la República y al <strong>OSCE</strong>,respecto de la ejecución del encargo, sin perjuicio de aquellaque sea solicitada por estas entidades.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASEntidades suscriban los referidos convenios deberán encontrarseacreditadas en el Perú de acuerdo con las normas sobre lamateria, debiendo presentar a la Entidad el documentocorrespondiente.4. La Entidad encargante celebrará un convenio con el organismoencargado, el que deberá ser específico y concreto para cadaproceso de contratación encargado. Cada convenio detallará lasobligaciones y responsabilidades de cada una de las partes.5. Los convenios contendrán los siguientes aspectos:a) El compromiso por parte del organismo internacional de quelos procesos se sujetarán a normas uniformes aplicables anivel internacional y que cumplan los principios establecidosen la Ley de Contrataciones del Estado.b) El compromiso del organismo internacional de llevar a caboprocesos de capacitación en materia de compras al personalque la Entidad designe.c) Obligación por parte de la Entidad de incluir las contratacionesen el Plan Anual de Contrataciones, así como de registrar enel SEACE, directamente o a través del organismointernacional, la convocatoria de los procesos decontratación que realice el organismo internacional encargado,el resultado de los mismos, los proveedores adjudicados, losmontos y contratos celebrados.d) Provisión de información periódica al Ministerio de Economía yFinanzas, Contraloría General de la República y al <strong>OSCE</strong>,respecto de la ejecución del encargo, sin perjuicio de aquellaque sea solicitada por estas entidades.CAPÍTULO XICONVENIO MARCOArtículo 99.- Reglas especiales del proceso de selecciónEl desarrollo de la fase de selección se realizará a través de unaCAPÍTULO XICONVENIO MARCOArtículo 99º.- Reglas especiales del proceso de selecciónEl desarrollo de la fase de selección se realizará a través de una38

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!