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CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

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D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOarbitral en aplicación del respectivo reglamento arbitral institucional. Dehaberse pactado arbitraje ad hoc, la parte interesada procederá aremitir a la otra la solicitud de arbitraje a que se refiere esteReglamento.Si las partes optaron por el procedimiento de conciliación de maneraprevia al arbitraje, éste deberá iniciarse dentro de un plazo decaducidad de quince (15) días hábiles siguientes de emitida el Acta deno Acuerdo Total o Parcial.Las controversias relativas al consentimiento de la liquidación finalde los contratos de consultoría y ejecución de obras o respecto de laconformidad de la recepción en el caso de bienes y servicios, así comolas referidas al incumplimiento de los pagos que resulten de lasmismas, también serán resueltas mediante arbitraje.El arbitraje se desarrollará de conformidad con la normativa decontrataciones del Estado, pudiendo el <strong>OSCE</strong> brindar servicios deorganización y administración en los arbitrajes administrativos que seencuentren bajo el régimen de contratación pública y de acuerdo a lasDirectivas que apruebe el <strong>OSCE</strong> para tal efecto.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASarbitral en aplicación del respectivo reglamento arbitral institucional. Dehaberse pactado arbitraje ad hoc, la parte interesada procederá aremitir a la otra la solicitud de arbitraje a que se refiere esteReglamento.Si las partes optaron por el procedimiento de conciliación de maneraprevia al arbitraje, éste deberá iniciarse dentro de un plazo decaducidad de quince (15) días hábiles siguientes de emitida el Acta deno Acuerdo Total o Parcial.Las controversias relativas al consentimiento de la liquidación finalde los contratos de consultoría y ejecución de obras o respecto de laconformidad de la recepción en el caso de bienes y servicios, así comolas referidas al incumplimiento de los pagos que resulten de lasmismas, también serán resueltas mediante arbitraje.El arbitraje se desarrollará de conformidad con la normativa decontrataciones del Estado, pudiendo el <strong>OSCE</strong> brindar servicios deorganización y administración en los arbitrajes administrativos que seencuentren bajo el régimen de contratación pública y de acuerdo a lasDirectivas que apruebe el <strong>OSCE</strong> para tal efecto.De conformidad con lo dispuesto por el numeral 52.2 delartículo 52º de la Ley, la parte que solicita la conciliación y/o elarbitraje debe poner su solicitud en conocimiento del <strong>OSCE</strong>dentro del plazo de quince (15) días hábiles de formulada, salvocuando se trate de un arbitraje administrado por dicho organismoo cuando éste designe a los árbitros.Artículo 216.- Convenio ArbitralEn el convenio arbitral las partes pueden encomendar laorganización y administración del arbitraje a una institución arbitral, acuyo efecto el correspondiente convenio arbitral tipo puede serincorporado al contrato. El <strong>OSCE</strong> publicará en su portal institucionaluna relación de convenios arbitrales tipo aprobados periódicamente.Si en el convenio arbitral incluido en el contrato, no se precisa que elarbitraje es institucional, la controversia se resolverá mediante unArtículo 216º.- Convenio ArbitralEn el convenio arbitral las partes pueden encomendar laorganización y administración del arbitraje a una institución arbitral, acuyo efecto el correspondiente convenio arbitral tipo puede serincorporado al contrato. El <strong>OSCE</strong> publicará en su portal institucionaluna relación de convenios arbitrales tipo aprobados periódicamente.Si en el convenio arbitral incluido en el contrato, no se precisa que elarbitraje es institucional, la controversia se resolverá mediante un86

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