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CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

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D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOmás competitivas en el mercado. Además, debe incluirse losgastos generales variables y fijos, así como la utilidad.El presupuesto de obra deberá estar suscrito por los consultoresy/o servidores públicos que participaron en su elaboración y/oaprobación, según corresponda.En la ejecución de obras bajo la modalidad de concurso oferta elvalor referencial deberá determinarse teniendo en cuenta elobjeto de la obra y su alcance previsto en los estudios depreinversión que dieron lugar a la viabilidad del correspondienteproyecto, así como el resultado del estudio de las posibilidadesde precios de mercado.2. En el caso de consultoría de obras deberá detallarse, encondiciones competitivas en el mercado, los honorarios delpersonal propuesto, incluyendo gastos generales y la utilidad, deacuerdo a los plazos y características definidos en los términosde referencia del servicio requerido.El presupuesto de obra o de la consultoría de obra deberá incluirtodos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas,seguridad en el trabajo y los costos laborales respectivos conforme a lalegislación vigente, así como cualquier otro concepto que le seaaplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto.Cuando el valor referencial es observado por los participantes, elComité Especial deberá poner en conocimiento de la unidad orgánicacompetente para su opinión y, si fuera el caso, para que apruebe unnuevo valor referencial, verificando que se cuente con la disponibilidadpresupuestal y poniendo en conocimiento de tal hecho al funcionarioque aprobó el Expediente de Contratación. En caso el nuevo valorreferencial implique la modificación del tipo de proceso de selecciónconvocado, este será declarado nulo.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASmás competitivas en el mercado. Además, debe incluirse losgastos generales variables y fijos, así como la utilidad.El presupuesto de obra deberá estar suscrito por los consultoresy/o servidores públicos que participaron en su elaboración y/oaprobación, según corresponda.En la ejecución de obras bajo las modalidades de concursooferta y llave en mano que comprenda la elaboración delexpediente técnico, el valor referencial deberá determinarseteniendo en cuenta el objeto de la obra y su alcance previsto enlos estudios de preinversión que dieron lugar a la viabilidad delcorrespondiente proyecto, así como el resultado del estudio delas posibilidades de precios de mercado.2. En el caso de consultoría de obras deberá detallarse, encondiciones competitivas en el mercado, los honorarios delpersonal propuesto, incluyendo gastos generales y la utilidad, deacuerdo a los plazos y características definidos en los términosde referencia del servicio requerido.El presupuesto de obra o de la consultoría de obra deberá incluirtodos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas,seguridad en el trabajo y los costos laborales respectivos conforme a lalegislación vigente, así como cualquier otro concepto que le seaaplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto.Cuando el valor referencial es observado por los participantes, elComité Especial deberá poner en conocimiento de la unidad orgánicacompetente para su opinión y, si fuera el caso, para que apruebe unnuevo valor referencial, verificando que se cuente con la disponibilidadpresupuestal y poniendo en conocimiento de tal hecho al funcionarioque aprobó el Expediente de Contratación. En caso el nuevo valorreferencial implique la modificación del tipo de proceso de selecciónconvocado, este será declarado nulo.Artículo 16.- Antigüedad del valor referencialArtículo 16º.- Antigüedad del valor referencial5

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