D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOD.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASla Directiva que el <strong>OSCE</strong> apruebe para tal efecto.CAPÍTULO IVCONVOCATORIA, REGISTRO, CONSULTAS Y OBSERVACIONESA <strong>LA</strong>S BASESArtículo 50.- ConvocatoriaLa convocatoria de todo proceso de selección deberá contenerobligatoriamente lo siguiente:1. La identificación, domicilio y RUC de la Entidad que convoca.2. La identificación del proceso de selección.3. La indicación de la modalidad de selección, de ser el caso.4. La descripción básica del objeto del proceso.5. El valor referencial.6. El lugar y la forma en que se realizará la inscripción o registro departicipantes.7. El costo del derecho de participación.8. El calendario del proceso de selección.9. El plazo de entrega requerido o de ejecución del contrato.10. La indicación de los instrumentos internacionales bajo cuyosalcances se encuentra cubierto el proceso de selección, de ser elcaso.El <strong>OSCE</strong> será el responsable de incluir en el SEACE la informaciónseñalada en el inciso 10. Asimismo, para todos aquellos procesos deselección que se encuentren bajo la cobertura de uno o másinstrumentos internacionales, el <strong>OSCE</strong> se encargará de elaborar ypublicar una versión en idioma inglés de la convocatoria.CAPÍTULO IVCONVOCATORIA, REGISTRO, CONSULTAS Y OBSERVACIONESA <strong>LA</strong>S BASESArtículo 50º.- ConvocatoriaLa convocatoria de todo proceso de selección deberá contenerobligatoriamente lo siguiente:1. La identificación, domicilio y RUC de la Entidad que convoca.2. La identificación del proceso de selección.3. La indicación de la modalidad de selección, de ser el caso.4. La descripción básica del objeto del proceso.5. El valor referencial.6. El lugar y la forma en que se realizará la inscripción o registro departicipantes.7. El costo de reproducción de las Bases.8. El calendario del proceso de selección.9. El plazo de entrega requerido o de ejecución del contrato.10. La indicación de los instrumentos internacionales bajo cuyosalcances se encuentra cubierto el proceso de selección, de ser elcaso.El <strong>OSCE</strong> será el responsable de incluir en el SEACE la informaciónseñalada en el inciso 10. Asimismo, para todos aquellos procesos deselección que se encuentren bajo la cobertura de uno o másinstrumentos internacionales, el <strong>OSCE</strong> se encargará de elaborar ypublicar una versión en idioma inglés de la convocatoria.Artículo 51.- Publicación en el SEACELa convocatoria de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos yAdjudicaciones Directas se realizará a través de su publicación en elSEACE, oportunidad en la que se deberán publicar las Bases y unArtículo 51º.- Publicación en el SEACELa convocatoria de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos yAdjudicaciones Directas se realizará a través de su publicación en elSEACE, oportunidad en la que se deberán publicar las Bases y un24
D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOresumen ejecutivo del estudio de posibilidades que ofrece el mercado,bajo sanción de nulidad.El Ministerio competente tendrá acceso permanente a la informaciónde los procesos de selección registrados en el SEACE para su difusiónentre las microempresas y pequeñas empresas.Las Entidades podrán utilizar, adicionalmente, otros medios a fin deque los proveedores puedan tener conocimiento de la convocatoria delproceso de selección.La convocatoria a un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía serealiza a través de su publicación en el SEACE, oportunidad en la quedeberá publicarse las Bases, sin perjuicio de las invitaciones que sepueda cursar a uno (1) o más proveedores, según corresponda, enatención a la oportunidad, al monto, a la complejidad, envergadura osofisticación de la contratación, bajo sanción de nulidad.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASresumen ejecutivo del estudio de posibilidades que ofrece el mercado,bajo sanción de nulidad. No corresponde publicar el resumenejecutivo en los procesos de selección sujetos a la modalidad deConvenio Marco en los que se haya optado no utilizar valorreferencial.El Ministerio competente tendrá acceso permanente a la informaciónde los procesos de selección registrados en el SEACE para su difusiónentre las microempresas y pequeñas empresas.Las Entidades podrán utilizar, adicionalmente, otros medios a fin deque los proveedores puedan tener conocimiento de la convocatoria delproceso de selección.La convocatoria a un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía serealiza a través de su publicación en el SEACE, oportunidad en la quedeberá publicarse las Bases, sin perjuicio de las invitaciones que sepueda cursar a uno (1) o más proveedores, según corresponda, enatención a la oportunidad, al monto, a la complejidad, envergadura osofisticación de la contratación, bajo sanción de nulidad.Artículo 52.- Registro de participantesLa persona natural o jurídica que desee participar en un proceso deselección, deberá registrarse como participante conforme a las reglasestablecidas en las Bases, para cuyo efecto acreditará estar coninscripción vigente en el RNP conforme al objeto contractual. LaEntidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no seencuentre inhabilitado para contratar con el Estado.El participante se registrará previo pago de un derecho, cuyo montono podrá ser mayor al costo de reproducción de las Bases. En lasAdjudicaciones de Menor Cuantía para bienes o servicios, el registrocomo participante será gratuito.La Entidad tendrá la obligación de entregar al participante, porcualquier medio y en el mismo día de su registro, la respectivaconstancia o comprobante de registro.En caso solicite que, adicionalmente, se le notifiqueArtículo 52º.- Registro de participantesLa persona natural o jurídica que desee participar en un proceso deselección, deberá registrarse como participante conforme a las reglasestablecidas en las Bases, para cuyo efecto debe contar coninscripción vigente en el RNP conforme al objeto de la convocatoria.La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que nose encuentre inhabilitado para contratar con el Estado. El registro departicipantes es electrónico y gratuito. Dicho registro podrá servisualizado por los usuarios a partir del día siguiente de lapresentación de propuestas.En la oportunidad del registro, el participante podrá solicitar ala Entidad un ejemplar de las Bases, estando la Entidad obligada asu entrega, previo pago del costo de reproducción de estas. En elcaso de la contratación de la ejecución de obras, el ejemplar delas Bases deberá comprender el expediente técnico de obra.25