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CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

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D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOArtículo 266.- Profesión de las personas naturales e integrantesdel plantel técnicoPodrán inscribirse como personas naturales en el Registro deConsultores de Obras o formar parte del plantel técnico los arquitectosy los ingenieros civiles, sanitarios, agrícolas, geólogos,electromecánicos, mecánicos, eléctricos, electrónicos, mineros,petroleros, economistas, agrónomos, ambientales e industriales.Mediante directivas el <strong>OSCE</strong> determinará la incorporación denuevas profesiones y sus especialidades a este Registro.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASArtículo 266º.- Profesión de las personas naturalesPodrán inscribirse como personas naturales en el Registro deConsultores de Obras los arquitectos y los ingenieros civiles,sanitarios, agrícolas, electromecánicos, mecánicos, mecánicoseléctricos, mecánico de fluidos, eléctricos, electrónicos, mineros,petroleros, ambientales y de energía.Artículo 267.- Asignación de Especialidades de los ConsultoresEl RNP asignará a los consultores de obras una (1) o variasespecialidades, habilitándolos para participar en procesos de seleccióny contratar con el Estado la consultoría de obras públicas.A los consultores de obras sin experiencia se les otorgará laespecialidad de consultorías en obras menores, con la que podránacceder a las Adjudicaciones Directas Selectivas y las Adjudicacionesde Menor Cuantía, de conformidad con los montos establecidos en laLey Anual de Presupuesto y la Ley.Sólo se considerará la experiencia obtenida directamente, sea comopersona natural o persona jurídica, en la realización de actividades deconsultoría de obras, no considerándose como tales aquellasactividades ejecutadas como dependientes o bajo la dirección de otroconsultor de obras.La experiencia en la especialidad para los consultores de obras seacreditará con un servicio de consultoría de obras culminado.Los contratos de consultoría de obras provenientes del extranjerodeben estar culminados.Artículo 267º.- Asignación de Especialidades de los Consultoresde obrasEl RNP asignará a los consultores de obras una (1) o variasespecialidades, habilitándolos para participar en procesos de seleccióny contratar con el Estado la consultoría de obras públicas.A los consultores de obras que no acrediten experiencia se lesotorgará la especialidad de consultorías en obras menores.Sólo se considerará la experiencia obtenida directamente, sea comopersona natural o persona jurídica, en la realización de elaboración deexpedientes técnicos y/o supervisión de obras, no considerándosecomo tales aquellas actividades ejecutadas como dependientes o bajola dirección de otro consultor de obras.La experiencia en la especialidad para los consultores de obras,nacionales o extranjeros, se acreditará con un servicio de consultoríade obras culminado dentro de los últimos cinco (5) años,considerados hasta la fecha de presentación de la respectivasolicitud de inscripción.112

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