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CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

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D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOArtículo 133.- Informe Técnico-Legal previo en caso deExoneracionesLa resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso deselección requiere obligatoriamente de uno (1) o más informes previos,que contengan la justificación técnica y legal de la procedencia ynecesidad de la exoneración. En el caso de las empresas públicas, laaprobación de las exoneraciones le corresponde al Directorio.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASArtículo 133º.- Informes previos en caso de exoneracionesLa resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso deselección requiere obligatoriamente del respectivo sustento técnicoy legal, en el informe o informes previos, que contengan lajustificación de la necesidad y procedencia de la exoneración. En elcaso de las empresas públicas, la aprobación de las exoneraciones lecorresponde al Directorio.Artículo 134.- Publicación de las resoluciones o acuerdos queaprueban las ExoneracionesLas resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones y losinformes que los sustentan, salvo la causal prevista en el inciso d) delartículo 20° de la Ley, serán publicadas a través del SEACE dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, segúncorresponda.En el mismo plazo, la referida información deberá ser comunicada ala Contraloría General de la República, con copia a los Órganos deControl Institucional de las Entidades que cuenten con dicho Órgano.Artículo 134º.- Publicación de las resoluciones o acuerdos queaprueban las ExoneracionesLas resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones y losinformes que los sustentan, salvo la causal prevista en el inciso d) delartículo 20º de la Ley, serán publicadas a través del SEACE dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, segúncorresponda.Artículo 136.- Limitaciones a las contrataciones exoneradasEn el caso de las contrataciones exoneradas por causales dedesabastecimiento inminente y situación de emergencia no seránaplicables las contrataciones complementarias. De ser necesarioadicionales se requerirá para su ejecución de un nuevo y previoacuerdo o resolución exoneratorio.TÍTULO IIIEJECUCIÓN CONTRACTUALCAPÍTULO IArtículo 136º.- Limitaciones a las contrataciones exoneradasEn el caso de las contrataciones exoneradas por causales desituación de desabastecimiento y situación de emergencia no seránaplicables las contrataciones complementarias. Asimismo, bajodichos supuestos, de ser necesario prestaciones adicionales serequerirá previamente la emisión de un nuevo acuerdo o resoluciónde exoneración.TÍTULO IIIEJECUCIÓN CONTRACTUALCAPÍTULO I55

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