10.07.2015 Views

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOCAPÍTULO IVA<strong><strong>DE</strong>L</strong>ANTO, ADICIONALES, REDUCCIONES Y AMPLIACIONESArtículo 172.- Entrega de AdelantosLa entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida enlas Bases.En el supuesto que no se entregue el adelanto en dichaoportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prórroga del plazode ejecución de la prestación por el número de días equivalente a lademora, siempre que ésta afecte realmente el plazo indicado.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASCAPÍTULO IVA<strong><strong>DE</strong>L</strong>ANTO, ADICIONALES, REDUCCIONES Y AMPLIACIONESArtículo 172º.- Entrega de AdelantosLa Entidad debe establecer en las Bases el plazo en el cual elcontratista solicitará el adelanto, vencido dicho plazo noprocederá la solicitud.La entrega del adelanto se hará en la oportunidad y plazoestablecidos en las Bases.En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicho plazo, elcontratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo deejecución de la prestación por el número de días equivalente a lademora, conforme al artículo 175º del Reglamento.Artículo 174.- Adicionales y ReduccionesPara alcanzar la finalidad del contrato y mediante resolución previa,el Titular de la Entidad podrá disponer la ejecución de prestacionesadicionales hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) delmonto del contrato original, para lo cual deberá contar con laasignación presupuestal necesaria. El costo de los adicionales sedeterminará sobre la base de las especificaciones técnicas del bien oservicio y de las condiciones y precios pactados en el contrato; endefecto de estos se determinará por acuerdo entre las partes.Igualmente, podrá disponerse la reducción de las prestacioneshasta el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contratooriginal.En caso de adicionales o reducciones, el contratista aumentará oreducirá de forma proporcional las garantías que hubiere otorgado,respectivamente.Artículo 174º.- Adicionales y ReduccionesPara alcanzar la finalidad del contrato y mediante resolución previa,el Titular de la Entidad podrá disponer la ejecución de prestacionesadicionales hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) delmonto del contrato original, para lo cual deberá contar con laasignación presupuestal necesaria. El costo de los adicionales sedeterminará sobre la base de las especificaciones técnicas del bien otérminos de referencia del servicio y de las condiciones y preciospactados en el contrato; en defecto de estos se determinará poracuerdo entre las partes.Igualmente, podrá disponerse la reducción de las prestacioneshasta el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contratooriginal.En caso de adicionales o reducciones, el contratista aumentará oreducirá de forma proporcional las garantías que hubiere otorgado,respectivamente.Los adicionales o reducciones que se dispongan durante laejecución de proyectos de inversión pública deberán ser64

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!