10.07.2015 Views

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOANEXO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>FINICIONES11. Consultor de Obras:La persona natural o jurídica que presta servicios profesionalesaltamente calificados consistentes en la elaboración del expedientetécnico de obras, así como en la supervisión de obras.33. Obra:Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovacióny habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones,estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entreotros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano deobra, materiales y/o equipos.D.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATASANEXO <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>FINICIONES11. Consultor de Obra:La persona natural o jurídica con no menos de un (1) año deexperiencia especializada, que presta servicios profesionalesaltamente calificados consistentes en la elaboración del expedientetécnico de obras. También se considera consultor de obra a lapersona natural o jurídica con no menos de dos (2) años deexperiencia especializada, que presta servicios altamentecalificados consistentes en la supervisión de obras.33. Obra:Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento,demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienesinmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones,perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren direccióntécnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.40. Prestación adicional de obra:Aquella no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato,cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para darcumplimiento a la meta prevista de la obra principal.”40. Prestación adicional de obra:Aquella no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato,cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para darcumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que da lugar aun presupuesto adicional.”Artículo 2º. Inclusión de Disposiciones Complementarias TransitoriasIncorpórese la Novena, Décima, Décimo Primera, DécimoSegunda Disposición Complementaria Transitoria al Decreto SupremoNº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado, las cuales quedan redactadas de lasiguiente manera:135

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!