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CUADRO COMPARATIVO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ... - OSCE

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D.S.Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOD.S. Nº 138-2012-EFMODIFICACIÓN AL D.S. Nº 184-2008-EF<strong>REG<strong>LA</strong>MENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> CONTRATACIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> ESTADOY FE <strong>DE</strong> ERRATAScontenga la opinión sobre la procedencia y responsabilidadrespecto a la infracción que se imputa.Esta obligación será cumplida por la Entidad sin perjuicio dela responsabilidad que le corresponde para declarar lanulidad del proceso o, de ser el caso, del contrato, cuandose incurra en alguna de las causales previstas en el artículo56º de la Ley.2. Denuncia de terceros:Los terceros podrán formular denuncias respecto aproveedores, participantes, postores, contratistas o árbitros,que puedan dar lugar a la imposición de las sanciones a lasque se refiere la Ley y el presente Reglamento, para lo cualdeberán acompañar el sustento de las imputaciones queformulan. En este caso, a requerimiento del Tribunal, lasEntidades deben remitir la información correspondiente.Artículo 241.- Denuncias de tercerosLos terceros podrán formular denuncias respecto a proveedores,participantes, postores o contratistas, que puedan dar lugar a laimposición de las sanciones a las que se refiere el artículo 52° de laLey y los artículos 236°, 237° y 238° del presente Reglamento, para locual deberán acompañar el sustento de las imputaciones que formulan.Nota: Artículo que en la modificación del Reglamento fue incorporadoen el artículo 241º numeral 2)Artículo 242.- Debido ProcedimientoEl Tribunal tramita los procedimientos sancionadores bajo lassiguientes reglas:Artículo 242º.- Debido ProcedimientoEl Tribunal tramita los procedimientos sancionadores bajo lassiguientes reglas:1. Para efectuar las indagaciones previas al inicio delprocedimiento sancionador, el Tribunal tendrá un plazo nomayor de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha depresentación de la denuncia o de la subsanación97

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