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El Contrato <strong>de</strong> Aseguramiento y Colocación <strong>de</strong>l Tramo Minorista y el Contrato <strong>de</strong>Aseguramiento y Colocación <strong>de</strong>l Tramo Institucional Español, que está previsto seanfirmados el 19 y el 25 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 1999 respectivamente, tendrán básicamente elsiguiente contenido:(A) Aseguramiento: las Entida<strong>de</strong>s Aseguradoras se comprometeránmancomunadamente a adquirir para sí mismas, al Precio <strong>de</strong> Aseguramiento,las acciones correspondientes al volumen asegurado por cada una <strong>de</strong> ellas en elTramo Minorista o en el Tramo Institucional Español que no hayan sidoadquiridas por cuenta <strong>de</strong> terceros, en el supuesto <strong>de</strong> que no se presentendurante el período establecido al efecto, según los casos, peticiones <strong>de</strong> comprasuficientes para cubrir el número total <strong>de</strong> acciones asignado a cada uno <strong>de</strong>dichos Tramos. Estas obligaciones no serán exigibles en los supuestos <strong>de</strong>revocación automática <strong>de</strong> la Oferta previstos en este <strong>Folleto</strong>.No obstante, en el supuesto <strong>de</strong> que alguna <strong>de</strong> dichas entida<strong>de</strong>s no llegara afirmar el Contrato <strong>de</strong> Aseguramiento y Colocación <strong>de</strong>l Tramo Minorista, dichaentidad per<strong>de</strong>rá su condición <strong>de</strong> Entidad Aseguradora, permaneciendo comoEntidad Colocadora no Asociada.Por otra parte, por lo que respecta al Tramo Institucional Español, la comisión<strong>de</strong> colocación correspondiente a las Propuestas <strong>de</strong> Compra seleccionadas yconfirmadas correspondientes a la Entidad Aseguradora no firmante <strong>de</strong>lContrato <strong>de</strong> Aseguramiento y Colocación se utilizará para la cobertura <strong>de</strong> laspérdidas y gastos que eventualmente pudieran resultar <strong>de</strong> la aplicación <strong>de</strong> lasprácticas <strong>de</strong> estabilización tal y como se <strong>de</strong>scriben el Apartado II.17.5subsiguiente. Dicha entidad, por lo que respecta a los Tramos Institucionales <strong>de</strong>la Oferta, <strong>de</strong>berá facilitar inmediatamente a las Entida<strong>de</strong>s Directoras toda lainformación que permita la completa i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong> las Propuestas <strong>de</strong>Compra que le hubieran sido formuladas. Las comisiones <strong>de</strong> dirección yaseguramiento que hubieran correspondido a la Entidad Aseguradora afectadacorrespon<strong>de</strong>rán a aquellas otras Entida<strong>de</strong>s Aseguradoras que librementeacuer<strong>de</strong>n con "la Caixa" asumir el compromiso <strong>de</strong> aseguramiento que sehubiera previsto para la Entidad Aseguradora que se retira.En el caso <strong>de</strong> que, no habiendo otorgado alguna o algunas <strong>de</strong> las Entida<strong>de</strong>sfirmantes <strong>de</strong>l Protocolo <strong>de</strong> Aseguramiento y Compromiso <strong>de</strong> Colocación <strong>de</strong>lTramo Minorista o <strong>de</strong>l Tramo Institucional Español <strong>de</strong> la Oferta elcorrespondiente Contrato <strong>de</strong> Aseguramiento y Colocación, ninguna <strong>de</strong> lasrestantes Entida<strong>de</strong>s Aseguradoras estuviera interesada en asumir elcompromiso <strong>de</strong> aseguramiento que se hubiera previsto para la EntidadAseguradora que se retira, la Oferta quedará automáticamente revocada en lostérminos previstos en el Apartado II.11 anterior salvo que "la Caixa",conjuntamente con las Entida<strong>de</strong>s Coordinadoras Globales, resolvieranmantener la Oferta en cuyo caso informarían a la CNMV y harían público nomás tar<strong>de</strong> <strong>de</strong>l segundo día hábil siguiente en, al menos, un (1) diario <strong>de</strong>Capítulo II, página 48

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