Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias
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1. INTRODUCCIÓN - ¿POR QUÉ CONCEDER LICENCIAS?<br />
En cambio, mediante un acuerdo de licencia el licenciante transfiere al<br />
licenciatario el derecho de utilizar la tecnología cuya propiedad intelectual<br />
le pertenece, y de fabricar, utilizar y vender productos relacionados con<br />
esa tecnología de una manera convenida, durante un período de tiempo<br />
determinado y en una región especificada. En otras palabras, el licenciante<br />
sigue siendo el titular de los derechos relativos a esa tecnología y<br />
sólo ha concedido un derecho para utilizarla 4<br />
. El licenciante que desee<br />
concentrarse en el mercado de determinada región (por ejemplo América<br />
del Norte) o en un campo de utilización (por ejemplo, los motores de dos<br />
tiempos) puede conceder licencia a un tercero que disponga de mayor<br />
capacidad o interés en otros mercados o campos de utilización. De esta<br />
forma, en vez de desaprovechar un mercado que no le resulta familiar, el<br />
licenciante podrá percibir un ingreso adicional a través de la concesión de<br />
una licencia de su propiedad intelectual.<br />
Además, la concertación de un acuerdo de licencia implica el establecimiento<br />
de una relación, generalmente por un período de tiempo determinado.<br />
Ello presupone una interacción constante en cuyo marco el licenciante<br />
y el licenciatario trabajan para alcanzar su objetivo común, consistente<br />
en utilizar eficazmente la tecnología en beneficio mutuo.<br />
Suponiendo que la relación sea fructífera, y por lo tanto rentable, tanto<br />
el licenciante como el licenciatario se verán económicamente recompensados,<br />
por lo general, y principalmente, a través de un flujo continuo de<br />
ingresos suplementarios en función del éxito del producto en el mercado.<br />
Por consiguiente, la concesión de licencia conlleva consecuencias jurídicas<br />
y prácticas muy diferentes a las derivadas de una venta o cesión. Además,<br />
obedece a objetivos comerciales muy distintos. Si tales objetivos no son<br />
pertinentes para las partes, la concesión de licencia no es la estrategia<br />
apropiada.<br />
4. En el campo de la biotecnología, en el que la transferencia de una sola tecnología podría no ser suficiente para<br />
desarrollar la invención, podría transferirse también el derecho a utilizar (pero no a poseer en propiedad) ciertos bienes<br />
tangibles, normalmente material biológico, mediante una combinación de acuerdo de comodato y licencia de patente.