Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias
Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias
Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
94<br />
ANEXO I - DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL<br />
tro y depósito facultativo de obras; estos sistemas facilitan, por ejemplo,<br />
las aclaraciones de las controversias relacionadas con la titularidad o la<br />
creación, las transacciones financieras, las ventas, las cesiones y transferencias<br />
de derechos. Numerosos autores y artistas intérpretes o ejecutantes<br />
no tienen la capacidad ni los medios para hacer respetar jurídica y<br />
administrativamente el derecho de autor y los derechos conexos, especialmente<br />
teniendo en cuenta la utilización mundial cada vez mayor de<br />
los derechos literarios, musicales y de interpretación o ejecución. A raíz de<br />
ello, la creación y el fortalecimiento de organizaciones o "sociedades" de<br />
gestión colectiva se está convirtiendo en una tendencia necesaria y cada<br />
vez mayor en muchos países. Estas sociedades pueden proporcionar a sus<br />
miembros los beneficios derivados de la experiencia y eficacia administrativa<br />
y jurídica de la organización, por ejemplo, recolectando, administrando<br />
y desembolsando las regalías obtenidas por la utilización, interpretación<br />
o ejecución nacional e internacional de las obras de sus miembros.<br />
Asimismo, ciertos derechos de productores de grabaciones sonoras y organismos<br />
de radiodifusión también se suelen administrar colectivamente.