Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias
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2. PREPARACIÓN PARA LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE TECHNOLOGÍA<br />
Por consiguiente, se recomienda consultar con un abogado local de<br />
patentes o con la oficina local de patentes. Esa oficina, tal vez disponga<br />
de un servicio de información sobre patentes que podría realizar las búsquedas<br />
o prestar asistencia para realizarlas. Es muy probable que dicha<br />
oficina, además de tener acceso a Internet, y por lo tanto a Espacenet y<br />
a la Base de Datos de la Biblioteca Digital de Propiedad Intelectual de la<br />
OMPI, disponga de una amplia gama de CD-ROM con valiosa información<br />
sobre patentes. Algunos buenos puntos de partida en lo que respecta<br />
a los CD-ROM son: Espace Access, publicado mensualmente por la<br />
Oficina Europea de Patentes (OEP); Patents BIB, publicado bimestralmente<br />
por la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos de América<br />
(USPTO), con datos bibliográficos sobre patentes de los Estados Unidos; y<br />
USAPat, que contiene facsímiles de las patentes publicadas semanalmente<br />
por la USPTO. También merecen mencionarse ESPACE WORLD, que<br />
incluye el texto completo del PCT y datos bibliográficos publicados cada<br />
dos semanas por la OMPI; y ESPACE EP, que contiene documentos de<br />
patente europeos. Además, existen numerosas empresas privadas 5 que<br />
proporcionan servicios comerciales de búsqueda en bases de datos.<br />
PRESERVAR LA CONFIDENCIALIDAD<br />
Es importante tener en cuenta que no basta abordar una negociación<br />
sólo sobre la base de la confianza mutua, dado que en numerosas ocasiones<br />
las negociaciones no conducen necesariamente a un acuerdo. En<br />
tales casos, es frecuente que una de las partes en las negociaciones,<br />
generalmente el potencial licenciante, acuse al potencial licenciatario de<br />
haber abusado de la confianza depositada en él durante las negociaciones<br />
y de haberse apropiado y utilizado indebidamente con fines comerciales<br />
la información confidencial divulgada durante las negociaciones<br />
interrumpidas. A fin de protegerse contra esa eventualidad, se suele concertar<br />
un acuerdo mutuo de no divulgación, conocido también como<br />
acuerdo de confidencialidad o acuerdo sobre el mantenimiento del secreto.<br />
Véase en el Anexo V un ejemplo de tal acuerdo. Cualquier acuerdo de<br />
este tipo se deberá adaptar en función de los hechos y las circunstancias<br />
de cada situación en particular, y someter a la revisión de un profesional<br />
del derecho.<br />
5. Véase, entre otros, Derwent (http://www.derwent.com); Dialog (http://www.dialog.com/); STN<br />
(http://www.stn-international.de); Questel Orbit (http://www.questel.orbit.com/index.htm); Micropatent<br />
(http://www.micropatent.com); y WIPS Global (http://www.wipsglobal.com), por mencionar sólo algunos ejemplos<br />
importantes.