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Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias

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4. ASPECTOS GENERALES DE UN ACUERDO DE LICENCIA<br />

Administración financiera<br />

Las disposiciones de administración financiera del acuerdo de licencia obligan<br />

al licenciatario a llevar cuentas y registros, informar de los resultados y<br />

pagar las regalías correspondientes. Los informes sobre las regalías, que<br />

pueden solicitarse una, dos o cuatro veces al año, podrían requerir la certificación<br />

del jefe de finanzas o del auditor del licenciatario. De todas<br />

maneras, el licenciante suele reservase el derecho de inspeccionar las cuentas<br />

y los registros del licenciatario o de encargar a un tercero dicha inspección.<br />

Los gastos se imputarán al licenciante, a menos que, por ejemplo,<br />

surja una discrepancia de un porcentaje mayor que el fijado como aceptable,<br />

por lo que el acuerdo deberá prever las consecuencias derivadas de tal<br />

discrepancia.<br />

Ejemplo<br />

1.1 El licenciatario llevará libros y registros precisos que consignen todos los productos<br />

bajo licencia fabricados, utilizados y/o vendidos conforme a las condiciones<br />

del presente acuerdo. Los libros y los registros deben conservarse por lo menos<br />

durante cinco (5) años a partir de la fecha del pago de las regalías correspondientes.<br />

1.2 Los libros y los registros deben estar disponibles para su inspección por parte de<br />

representantes o agentes del licenciante en momentos razonables. El licenciante<br />

sufragará los honorarios y gastos de la inspección, pero si durante alguna inspección<br />

se descubriera en la liquidación de regalías un error superior al cinco<br />

(5%) del total de las regalías correspondientes a cualquier año, los honorarios y<br />

gastos de dicha inspección se imputarán al licenciatario.<br />

Cuando las partes tienen su domicilio social en distintos países, la administración<br />

financiera también abarca cuestiones relativas a la moneda y la tributación.<br />

La moneda de pago no siempre es la misma en que se generan<br />

las regalías. En esos casos será preciso especificar cuándo se hará la conversión<br />

y qué tasa de cambio se aplicará. El licenciatario procurará no asumir<br />

ningún riesgo cambiario. En ciertas ocasiones, podría ser conveniente acordar<br />

una tasa de cambio y establecer de qué manera se asumirán o distribuirán<br />

las fluctuaciones superiores a determinado porcentaje.<br />

Obviamente, un acuerdo de licencia conlleva consecuencias impositivas. Se<br />

debería recabar el asesoramiento de un profesional competente para evaluar<br />

las diversas opciones de que dispone cada una de las partes, a fin de<br />

decidir la mejor manera de abordar esa cuestión. Por ejemplo, las conse-

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