Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias
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4. ASPECTOS GENERALES DE UN ACUERDO DE LICENCIA<br />
Pueden presentarse situaciones en las que ambas partes sean titulares de<br />
derechos de propiedad intelectual de interés para la otra parte y tengan el<br />
derecho legal de prohibir su uso a la otra parte. En tal caso, se firmaría un<br />
acuerdo de concesión recíproca de licencia, a través del cual las partes se<br />
cederían recíprocamente el derecho de utilizar y explotar sus respectivas<br />
propiedades intelectuales. Asimismo, mediante la concesión recíproca de<br />
licencia las empresas pueden solucionar controversias relacionadas con la<br />
propiedad intelectual. La existencia o no de pagos por regalías dependerá<br />
del valor asignado a la propiedad intelectual de cada una de las partes.<br />
Además, puede ocurrir que un licenciatario no pueda utilizar eficazmente la<br />
tecnología bajo licencia si no tiene acceso a otras tecnologías que son propiedad<br />
de un tercero. También es posible que para competir con éxito en el<br />
mercado deba ajustarse a determinadas normas de facto o de jure, y que la<br />
única manera rentable de hacerlo sea mediante la aplicación de ciertas tecnologías<br />
patentadas. En estas situaciones, el licenciatario se vería obligado<br />
a obtener del titular del derecho de propiedad intelectual, el derecho de utilizar<br />
las tecnologías mediante un acuerdo de licencia, que puede ser libre de<br />
regalías o negociado sobre la base de condiciones justas, razonables y no<br />
discriminatorias.<br />
Muchos acuerdos de licencia incluyen una combinación de uno o más tipos<br />
de derechos de propiedad intelectual. Por ejemplo, una licencia de derechos<br />
de patente respaldada por conocimientos técnicos de fabricación se denomina<br />
habitualmente "acuerdo de licencia de patente y conocimientos técnicos".<br />
Una licencia puede incluir el derecho de utilizar una marca junto con<br />
los derechos de fabricar, utilizar, vender, distribuir y/o importar una invención<br />
patentada. Una licencia puede no mencionar una patente específica<br />
por su número, pero, en cambio, proporcionar las características del producto<br />
y conceder todos los derechos de propiedad intelectual necesarios<br />
para su fabricación y venta. En resumen, las categorías no deben ser demasiado<br />
rígidas, y un acuerdo puede incluir derechos adicionales, tales como<br />
la futura realización de investigaciones, un desarrollo ulterior, o el suministro<br />
de asistencia técnica.<br />
11. Para más información, véase "Las normas técnicas, los derechos de propiedad intelectual (DPI) y el proceso de<br />
establecimiento de normas", en http://www.wipo.int/sme/es/documents/ip_standards.htm.<br />
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