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Intercambiar_Valor_Negociacion_Acuerdos_Tecnologias

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4. ASPECTOS GENERALES DE UN ACUERDO DE LICENCIA<br />

Pueden presentarse situaciones en las que ambas partes sean titulares de<br />

derechos de propiedad intelectual de interés para la otra parte y tengan el<br />

derecho legal de prohibir su uso a la otra parte. En tal caso, se firmaría un<br />

acuerdo de concesión recíproca de licencia, a través del cual las partes se<br />

cederían recíprocamente el derecho de utilizar y explotar sus respectivas<br />

propiedades intelectuales. Asimismo, mediante la concesión recíproca de<br />

licencia las empresas pueden solucionar controversias relacionadas con la<br />

propiedad intelectual. La existencia o no de pagos por regalías dependerá<br />

del valor asignado a la propiedad intelectual de cada una de las partes.<br />

Además, puede ocurrir que un licenciatario no pueda utilizar eficazmente la<br />

tecnología bajo licencia si no tiene acceso a otras tecnologías que son propiedad<br />

de un tercero. También es posible que para competir con éxito en el<br />

mercado deba ajustarse a determinadas normas de facto o de jure, y que la<br />

única manera rentable de hacerlo sea mediante la aplicación de ciertas tecnologías<br />

patentadas. En estas situaciones, el licenciatario se vería obligado<br />

a obtener del titular del derecho de propiedad intelectual, el derecho de utilizar<br />

las tecnologías mediante un acuerdo de licencia, que puede ser libre de<br />

regalías o negociado sobre la base de condiciones justas, razonables y no<br />

discriminatorias.<br />

Muchos acuerdos de licencia incluyen una combinación de uno o más tipos<br />

de derechos de propiedad intelectual. Por ejemplo, una licencia de derechos<br />

de patente respaldada por conocimientos técnicos de fabricación se denomina<br />

habitualmente "acuerdo de licencia de patente y conocimientos técnicos".<br />

Una licencia puede incluir el derecho de utilizar una marca junto con<br />

los derechos de fabricar, utilizar, vender, distribuir y/o importar una invención<br />

patentada. Una licencia puede no mencionar una patente específica<br />

por su número, pero, en cambio, proporcionar las características del producto<br />

y conceder todos los derechos de propiedad intelectual necesarios<br />

para su fabricación y venta. En resumen, las categorías no deben ser demasiado<br />

rígidas, y un acuerdo puede incluir derechos adicionales, tales como<br />

la futura realización de investigaciones, un desarrollo ulterior, o el suministro<br />

de asistencia técnica.<br />

11. Para más información, véase "Las normas técnicas, los derechos de propiedad intelectual (DPI) y el proceso de<br />

establecimiento de normas", en http://www.wipo.int/sme/es/documents/ip_standards.htm.<br />

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