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I N F O R M E del período bienal, 2008-09 Iª PARTE (2008 ... - Iccat

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INFORME ICCAT <strong>2008</strong>-20<strong>09</strong> (I)<br />

Designación de puertos<br />

8. Las CPC designarán y darán a conocer los puertos nacionales a los que los buques tienen el acceso<br />

permitido y se asegurarán de que cada puerto designado y dado a conocer tiene la suficiente capacidad para<br />

llevar a cabo inspecciones y otras medidas <strong>del</strong> Estado rector <strong>del</strong> puerto de conformidad con esta<br />

Recomendación.<br />

9. Las CPC notificarán a la Secretaría de ICCAT los puertos designados en virtud <strong>del</strong> párrafo 9 una vez al año,<br />

en el mes de enero.<br />

Registro ICCAT de puertos<br />

10. La Secretaría de ICCAT establecerá y mantendrá un registro de los puertos nacionales designados y puestos<br />

en conocimiento público basándose en las listas enviadas por las CPC. El registro se publicará en el sitio<br />

web de ICCAT.<br />

Aviso previo de entrada en puerto<br />

11. Las CPC, antes de conceder el acceso a sus puertos designados, solicitarán a los patrones de los buques que<br />

lo notifiquen a las autoridades competentes <strong>del</strong> puerto al que desean acceder al menos 72 horas antes de la<br />

hora estimada de llegada. El Estado rector <strong>del</strong> puerto deberá enviar una copia de esta solicitud al Estado<br />

abanderante. No obstante, una CPC podrá disponer otro periodo de notificación teniendo en cuenta, entre<br />

otras cosas, la distancia entre los caladeros y sus puertos. En dicho caso, la CPC afectada informará sin<br />

demora a la Secretaría de ICCAT, que difundirá la información a través <strong>del</strong> sitio web de ICCAT. La<br />

notificación incluirá, como requisito mínimo, la información estipulada en el Anexo 1.<br />

Autorización de la entrada en puerto<br />

12. Cada CPC, a través de sus autoridades competentes, comunicará por escrito al patrón <strong>del</strong> buque que<br />

pretende acceder al puerto la autorización, o denegación, <strong>del</strong> acceso al puerto para el desembarco,<br />

transbordo o transformación. El patrón <strong>del</strong> buque deberá presentar la autorización para acceder al puerto a<br />

las autoridades competentes de la CPC a la llegada a puerto antes de comenzar las actividades autorizadas.<br />

Denegación de la entrada en puerto<br />

13. Ninguna CPC permitirá a un buque entrar en sus puertos si el buque está incluido en una lista de buques que<br />

hayan participado o apoyado actividades de pesca IUU adoptada por una Organización Regional de<br />

Ordenación de Pesquerías de conformidad con las normas y procedimientos de dicha organización.<br />

14. Por medio de derogación <strong>del</strong> párrafo 13, una CPC puede autorizar la entrada a sus puertos de un buque<br />

incluido en una lista de buques que han participado o han apoyado actividades de pesca IUU adoptada por<br />

una Organización Regional de Ordenación de Pesquerías de conformidad con las normas y procedimientos<br />

de dicha organización con el fin de proceder a acciones de inspección y ejecución que sean tan eficaces<br />

como las medidas mencionadas en el párrafo 13.<br />

Denegación <strong>del</strong> uso <strong>del</strong> puerto<br />

15. Ninguna CPC permitirá a un buque usar sus puertos para el desembarco, transbordo o transformación <strong>del</strong><br />

pescado si el buque:<br />

150<br />

a) en el momento pertinente estaba implicado en actividades de pesca en la zona <strong>del</strong> Convenio y no<br />

enarbolaba pabellón de una CPC, o<br />

b) ha sido avistado participando, o apoyando, actividades de pesca IUU en la zona <strong>del</strong> Convenio,<br />

a menos que el buque pueda establecer que la captura se ha realizado en coherencia con las medidas de<br />

conservación y ordenación pertinentes.<br />

16. Ninguna CPC permitirá a un buque usar sus puertos para el desembarco, transbordo o transformación <strong>del</strong><br />

pescado si el buque está incluido en una lista de buques que han participado o apoyado actividades de pesca

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