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I N F O R M E del período bienal, 2008-09 Iª PARTE (2008 ... - Iccat

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INFORME ICCAT <strong>2008</strong>-20<strong>09</strong> (I)<br />

años, había marcado la información correspondiente a 2007 como “no se han recibido datos”. Una Parte<br />

manifestó que en la Tabla sólo deberían aparecer las comunicaciones correspondientes a las especies objetivo ya<br />

que las indicaciones de no recepción de datos corresponden a capturas accidentales de años precedentes, que no<br />

pueden interpretarse como una expectativa de declaraciones sistemáticas todos los años.<br />

Varias Partes se preguntaron acerca de la situación de las capturas fortuitas con respecto a los tiburones, si es<br />

necesario declarar sólo las capturas fortuitas en las pesquerías dirigidas a los túnidos o si hay que incluir las<br />

pesquerías dirigidas a los tiburones.<br />

Se destacó que, para mejorar los datos enviados a la Secretaría, sería conveniente que ésta contara con un<br />

sistema de cruce de datos.<br />

Por último, la Secretaría recordó que los envíos deberían hacerse en el formato requerido, ya que si no se hace<br />

así se corre el riesgo de aparecer como “no se han recibido datos”. Después de que varias <strong>del</strong>egaciones<br />

mencionaran que la información requerida estaba incluida en su Informe anual, se recordó también que el<br />

documento sobre las “Directrices para enviar los datos y la información requeridos por ICCAT” precisa toda la<br />

información de que debería disponer la Secretaría: el Informe anual no refleja todo el conjunto de datos<br />

requeridos por la Comisión.<br />

Estados Unidos presentó al Comité una declaración sobre la importancia <strong>del</strong> cumplimiento que se adjunta como<br />

Apéndice 3 al ANEXO 10.<br />

4.3 Presentación y contenido de la información recibida de acuerdo con los requisitos de las medidas de<br />

conservación y ordenación de ICCAT<br />

4.3.a Disposiciones relativas al atún rojo <strong>del</strong> Atlántico este y Mediterráneo<br />

- Registro de buques autorizados a capturar atún rojo <strong>del</strong> Este, y lista de buques de cebo<br />

vivo/curricaneros/arrastreros<br />

- Registro de almadrabas autorizadas a capturar atún rojo <strong>del</strong> Este<br />

- Registro de puertos designados de transbordo y desembarque<br />

- Declaración de capturas de <strong>2008</strong>, de la Tarea I y Tarea II de 2007 y notificación de inicio y cierre de<br />

pesquerías<br />

- Transmisión de las declaraciones de introducción en jaula y las declaraciones de almadrabas<br />

- Cumplimiento de los requisitos de comunicación de los mensajes de VMS<br />

- Implementación <strong>del</strong> Programa conjunto ICCAT de inspección internacional<br />

- Presentación de legislación nacional e informes sobre la implementación <strong>del</strong> Plan de recuperación para el<br />

atún rojo <strong>del</strong> Este<br />

4.3.b Engorde de atún rojo<br />

- Registro de instalaciones de engorde<br />

- Registro de buques que realizan operaciones destinadas al engorde<br />

- Informes de introducción en jaulas, cantidades enjauladas/comercializadas, estimaciones de crecimiento/<br />

mortalidad, aprovisionamiento<br />

- Datos de muestreo<br />

4.3.c Programa de documentación de capturas de atún rojo<br />

Los puntos 4.3.a, 4.3.b y 4.3.c se abordaron en conjunto, y cada una de las CPC afectadas se expresó por turnos.<br />

A continuación se abrió un debate para que las demás CPC pudieran solicitar información complementaria.<br />

El <strong>del</strong>egado de Japón solicitó que las CPC incluyeran en sus intervenciones información sobre cualquier esfuerzo<br />

realizado para ajustar su capacidad de pesca para que ésta se corresponda con las asignaciones incluidas en el<br />

Plan de recuperación de atún rojo, así como los métodos implementados para garantizar la verificación de las<br />

capturas en el momento de la validación de los documentos comerciales.<br />

En relación con la información presentada por la Secretaría, varias Partes resaltaron la importancia de permitir a<br />

las CPC examinar las tablas de la Secretaría antes de la reunión <strong>del</strong> Comité de Cumplimiento, principalmente<br />

para permitir la corrección de errores antes de la reunión.<br />

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