indice - Ayuntamiento de Villaquilambre
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Documento para Aprobación Provisional<br />
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL MUNICIPIO DE VILLAQUILAMBRE<br />
Artículo 157. Obras <strong>de</strong> Acondicionamiento<br />
Son aquellas obras mayores o menores que, manteniendo las características esenciales <strong>de</strong> la<br />
edificación existente que la caracterizan como <strong>de</strong> una <strong>de</strong>terminada época o tipología, realizan<br />
reformas que alteren su organización general, la estructura arquitectónica y la distribución interior<br />
<strong>de</strong>l edificio, con el objeto <strong>de</strong> a<strong>de</strong>cuar el edificio a los usos a que se <strong>de</strong>stine. Según los elementos<br />
afectados se distinguen los subtipos siguientes:<br />
1. Redistribución Interior, que no efectúa variaciones en ninguno <strong>de</strong> los aspectos que <strong>de</strong>finen<br />
las principales características arquitectónicas <strong>de</strong>l edificio, como son el sistema estructural,<br />
la configuración espacial y su organización general; así como que no afectan a elementos<br />
<strong>de</strong> valor tales como fachadas exteriores e interiores, tipo <strong>de</strong> cubiertas, disposición <strong>de</strong><br />
crujías y forjados, patios, escaleras y jardines.<br />
2. Reforma Parcial, que son obras mayores o menores en las que, conservándose la fachada,<br />
la disposición <strong>de</strong> los forjados <strong>de</strong> la primera crujía, el tipo <strong>de</strong> cubierta, y el resto <strong>de</strong> los<br />
elementos arquitectónicos <strong>de</strong> valor (patios, escaleras y jardines), permiten <strong>de</strong>moliciones<br />
que no afecten a elementos catalogados y su sustitución por nueva edificación. Si la<br />
composición <strong>de</strong> fachada lo exigiese, también pue<strong>de</strong>n contemplar pequeños retoques en la<br />
misma.<br />
3. La documentación relativa a este tipo <strong>de</strong> obras cubrirá los aspectos siguientes:<br />
a. Levantamiento <strong>de</strong> planos <strong>de</strong>l edificio o elemento en su estado actual.<br />
b. Descripción fotográfica <strong>de</strong>l elemento o edificio en su conjunto, sus partes más<br />
significativas y su relación con el entorno.<br />
c. Descripción, valoración y justificación <strong>de</strong> la solución proyectada y <strong>de</strong> sus efectos<br />
sobre los valores existentes <strong>de</strong>l edificio y <strong>de</strong> su entorno.<br />
d. Descripción <strong>de</strong> los usos actuales y <strong>de</strong> los efectos <strong>de</strong> la obra sobre los usuarios, así<br />
como compromisos establecidos por estos.<br />
Artículo 158. Obras <strong>de</strong> Reestructuración<br />
Son obras mayores que, al objeto <strong>de</strong> a<strong>de</strong>cuar el edificio a los usos a que se <strong>de</strong>stinen, alteran la<br />
morfología <strong>de</strong> los elementos estructurantes, disposición <strong>de</strong> forjados y el tipo <strong>de</strong> cubierta, siempre<br />
que las sustituciones que se efectúen se articulen coherentemente con la parte <strong>de</strong> la edificación<br />
que se conserva. Si la composición <strong>de</strong> fachada lo exigiese también pue<strong>de</strong>n contemplar pequeños<br />
retoques <strong>de</strong> la misma.<br />
La documentación relativa a este tipo <strong>de</strong> obras será la reseñada en el punto anterior para las obras<br />
<strong>de</strong> reforma parcial.<br />
LIBRO III. NORMATIVA Y ANEXOS A LA NORMATIVA. PARTE I. NORMATIVA URBANÍSTICA PÁGINA 84