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73º Sesión extraordinaria del 26 de noviembre ... - Poder Legislativo

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Martes <strong>26</strong> <strong>de</strong> <strong>noviembre</strong> <strong>de</strong> 2002 CÁMARA DE REPRESENTANTES 115<br />

una serie <strong>de</strong> emprendimientos muy importantes. Se<br />

acaba <strong>de</strong> establecer en la ley <strong>de</strong> reactivación la posibilidad<br />

<strong>de</strong> que la Corporación juegue un papel prepon<strong>de</strong>rante.<br />

En los próximos días vendrá un proyecto<br />

<strong>de</strong> ley que tiene que ver con el tema bancario, en el<br />

que la Corporación Nacional para el Desarrollo, según<br />

lo que conocemos, también va a jugar un papel prepon<strong>de</strong>rante.<br />

Entonces, ¿cómo no va a ser oportuno<br />

investigar cómo ha actuado hasta ahora, para corregir<br />

y mejorar la gestión <strong>de</strong> este instrumento?<br />

También está lo <strong>de</strong> la proce<strong>de</strong>ncia. Y aquí hago<br />

mención a los argumentos jurídicos, porque quizás lo<br />

único que comparta <strong>de</strong> la intervención <strong><strong>de</strong>l</strong> señor Diputado<br />

Bergstein es que este pedido <strong>de</strong> investigación<br />

<strong>de</strong>be estar <strong>de</strong>ntro <strong><strong>de</strong>l</strong> marco jurídico; si no lo estuviera,<br />

por más que tenga todos los otros requisitos,<br />

no podríamos avanzar en la investigación.<br />

Pero ¿qué ocurre? Que hay que leer el texto legal;<br />

y el señor Diputado Trobo se me a<strong><strong>de</strong>l</strong>antó al respecto<br />

en algún punto. Yo comparto absolutamente lo<br />

que él señala. La Ley N° 15.785, <strong>de</strong> creación <strong>de</strong> la<br />

Corporación Nacional para el Desarrollo, <strong>de</strong>fine la<br />

naturaleza jurídica <strong>de</strong> la Corporación como una persona<br />

pública <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho privado. Por lo tanto, <strong>de</strong>be regularse<br />

<strong>de</strong> acuerdo con el or<strong>de</strong>namiento jurídico que<br />

tiene que ver con las personas públicas. Al respecto,<br />

la Ley N° 16.698, que regula la actividad <strong>de</strong> las Comisiones<br />

Investigadoras, dice lo que expresa el texto<br />

positivo, no lo que se haya discutido, vetado o eliminado<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> texto legal, que, en todo caso, podrá ser un<br />

auxiliar <strong>de</strong> interpretación. Antes que nada, está el<br />

texto positivo, y la única situación que <strong>de</strong>ja afuera a<br />

texto expreso -no sé <strong>de</strong> dón<strong>de</strong> saca el señor Diputado<br />

Bergstein que hay una enumeración taxativa <strong>de</strong> cuáles<br />

son las faculta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las Comisiones Investigadoras<br />

o las personas que pue<strong>de</strong>n ser objeto <strong>de</strong> investigación-,<br />

la única inhibición es con respecto a las personas<br />

privadas. Y "contrario sensu", si la expresa<br />

inhibición es con respecto a las personas privadas, las<br />

personas públicas están alcanzadas por la facultad <strong>de</strong><br />

investigación parlamentaria. De otro modo, se <strong>de</strong>bería<br />

haber dicho expresamente, porque no basta con vetar<br />

un artículo que las alcanza, sino que, en todo caso, se<br />

<strong>de</strong>bería haber incorporado uno que las excluyera.<br />

Por otra parte, como bien expresó el señor Diputado<br />

Trobo, en el artículo 35 <strong>de</strong> la citada ley se dice<br />

expresamente que una Comisión Investigadora pue<strong>de</strong><br />

tener la facultad <strong>de</strong> separar <strong><strong>de</strong>l</strong> cargo a funcionarios<br />

pertenecientes a personas públicas no estatales, con<br />

lo cual, <strong>de</strong> hecho, establece que pue<strong>de</strong> actuar sobre<br />

esas mismas personas públicas no estatales. La cosa<br />

es muy clara.<br />

SEÑOR BERGSTEIN.- ¿Me permite una interrupción?<br />

SEÑOR MIERES.- Por ahora no voy a conce<strong>de</strong>r interrupciones.<br />

Yo no interrumpí al señor Diputado.<br />

Tengo poco tiempo, solo media hora, y él tuvo mucho<br />

más. En todo caso, si me sobra el tiempo, le conce<strong>de</strong>ré<br />

la interrupción que me solicita.<br />

El artículo 35 es muy claro; pero, por si quedara<br />

alguna duda al respecto, digo que el señor Diputado<br />

Bergstein mencionó repetidas veces al doctor Cagnoni.<br />

El doctor Cagnoni es una figura <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>de</strong>recho público<br />

y <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>de</strong>recho administrativo a la que respeto muchísimo<br />

y, a<strong>de</strong>más, quiero mucho, porque lo conozco<br />

<strong>de</strong>s<strong>de</strong> hace muchísimos años. Estuve conversando<br />

telefónicamente con el doctor Cagnoni, quien me autorizó<br />

a que trasmitiera a la Cámara que esa opinión<br />

que el señor Diputado Bergstein cita -correctamente,<br />

porque fue emitida por el doctor Cagnoni- fue modificada<br />

por parte <strong>de</strong> él en función <strong><strong>de</strong>l</strong> siguiente argumento.<br />

El supuesto <strong>de</strong> que la Corporación Nacional<br />

para el Desarrollo no <strong>de</strong>biera ser objeto <strong>de</strong> investigación<br />

tenía como base que el organismo iba a incorporar<br />

capitales privados y que, por lo tanto, manejaría<br />

capitales <strong>de</strong> empresarios o empresas privadas; pero<br />

eso no ocurrió. Es otra <strong>de</strong> las preguntas que <strong>de</strong>beríamos<br />

hacernos: ¿por qué la Corporación Nacional para<br />

el Desarrollo no tuvo la capacidad <strong>de</strong> generar aportes<br />

<strong>de</strong> capitales privados?<br />

Entonces, en la medida en que la Corporación<br />

Nacional para el Desarrollo ha utilizado solamente capitales<br />

públicos, estatales, sustraerla a las potesta<strong>de</strong>s<br />

<strong>de</strong> investigación parlamentaria supone, lisa y llanamente<br />

-acá no estoy citando al doctor Cagnoni, estoy<br />

hablando por mí-, abrir un agujero negro por el cual<br />

se van recursos <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado sin que el Parlamento tenga<br />

la capacidad <strong>de</strong> investigar acerca <strong>de</strong> cómo se trabaja<br />

con ellos. Bastante daño le estaríamos haciendo,<br />

y estaríamos sentando un prece<strong>de</strong>nte gravísimo.<br />

Si esta Cámara hoy se inhibiera en su facultad <strong>de</strong><br />

investigación, estaría creando un espacio <strong>de</strong> funcionamiento<br />

autárquico como creo que, lamentablemente,<br />

a lo largo <strong>de</strong> estos años se ha dado en el marco<br />

<strong>de</strong> algunas <strong>de</strong> las gestiones <strong>de</strong> la Corporación Na-

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