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Nicoya, 30 de Junio 2004 - Eco-Index

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143Plan <strong>de</strong> ManejoSub Cuenca <strong>de</strong>l Río PotreroPago por Servicios Ambientales <strong>de</strong>l Bosque: el pago por servicios ambientales consiste en el pago que se hace a lospropietarios o poseedores <strong>de</strong>l bosque y <strong>de</strong> las plantaciones forestales <strong>de</strong>bido a los beneficios ambientales que recibe lasociedad en su conjunto por la conservación reforestación y manejo apropiado <strong>de</strong> los bosques.Este pago implica ampliar el valor puramente comercial que tradicionalmente se le ha dado al bosque representado en surecurso ma<strong>de</strong>ra, para incorporar los valores menos tangibles que el mismo genera a través <strong>de</strong> sus funciones ecológicas yservicios ambientales entre ellos la preservación <strong>de</strong>l ciclo hidrológico necesario para mantener la disponibilidad <strong>de</strong>l recursohídrico 32 .II Inn cc oo r pp oo r aa cc ii ióó nn dd ee cc oo ss tt too ss aa mm bb ii iee nn tt taa ll lee ss ee nn tt taa r ii iff faa ss dd ee ss ee r vv ii icc ii ioo ss pp úú bb ll lii icc oo ssLa incorporación <strong>de</strong> costos ambientales <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> tarifas <strong>de</strong> servicios públicos ligados al agua, tales como, suministro <strong>de</strong> aguapotable y <strong>de</strong> electricidad se ha convertido en una fuente <strong>de</strong> ingresos para financiar activida<strong>de</strong>s sostenibles en diferentes cuencas<strong>de</strong>l país. A continuación se <strong>de</strong>scribe el fundamento legal <strong>de</strong> esta figura, así como ejemplos concretos en los que se ha aplicado.TT aa r ii iff faa HH íí ídd r ii icc aa AA mm bb ii iee nn tt taa ll lLa Ley <strong>de</strong> Biodiversidad en su artículo 37 permite que los entes públicos competentes para brindar el servicio <strong>de</strong> distribución <strong>de</strong>agua potable y electricidad puedan diseñar proyectos <strong>de</strong> protección y sostenibilidad <strong>de</strong>l recurso y cobren un porcentaje en latarifa <strong>de</strong> prestación <strong>de</strong>l servicio para financiar dicho programa.Los objetivos <strong>de</strong> los proyectos que se vayan a implementar están establecidos en el mismo artículo que a<strong>de</strong>más señala que<strong>de</strong>ben tener la aprobación la Autoridad Reguladora <strong>de</strong> Servicios Públicos (ARESEP) y el Consejo Nacional <strong>de</strong> ÁreasConservación.Los proyectos en los que pue<strong>de</strong>n ser invertidos los fondos provenientes <strong>de</strong>l cobro <strong>de</strong> la tarifa son: Pago <strong>de</strong> servicios por protección <strong>de</strong> zonas <strong>de</strong> recarga a propietarios y poseedores privados <strong>de</strong> los inmuebles quecompren<strong>de</strong>n áreas estratégicas <strong>de</strong>finidas en forma conjunta por los Consejos Regionales <strong>de</strong> Áreas <strong>de</strong> Conservación ylas instituciones y organizaciones supracitadas. Pago <strong>de</strong> servicios por protección <strong>de</strong> zonas <strong>de</strong> recarga a propietarios poseedores privados que <strong>de</strong>seen someter susinmuebles en forma voluntaria a la conservación y protección <strong>de</strong> las Áreas Protegidas que serán previamente <strong>de</strong>finidaspor los consejos regionales <strong>de</strong> las Áreas <strong>de</strong> Conservación. Compra o cancelación <strong>de</strong> inmuebles privados situados en áreas protegidas estatales que aún no hayan sidocompradas ni pagados. Pago <strong>de</strong> los gastos operativos y administrativos necesarios para el mantenimiento <strong>de</strong> las áreas protegidas estatales. Financiamiento <strong>de</strong> Acueductos Rurales previa presentación <strong>de</strong> evaluación <strong>de</strong> impacto ambiental que <strong>de</strong>muestre lasostenibilidad <strong>de</strong>l recurso agua.Toda solicitud <strong>de</strong> cobro <strong>de</strong> la tarifa hídrica ambiental requiere <strong>de</strong> la presentación ante la ARESEP <strong>de</strong> los estudios técnicos quejustifiquen el rubro solicitado. Esta solicitud sigue el trámite <strong>de</strong> aprobación <strong>de</strong> cualquier solicitud <strong>de</strong> tarifas que se presente anteesta institución.32El pago por servicios Ambientales se establece a partir <strong>de</strong> la Ley Forestal N.7575 la cual reconoce como servicio ambiental la “protección <strong>de</strong>agua para uso urbano rural e hidroeléctrico” art.3

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