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Disposición 9764 del BOE núm. 149 de 2010 - Sindicato Nacional ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. <strong>149</strong> Sábado 19 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong> <strong>2010</strong> Sec. III. Pág. 53255Artículo 263.Para las faltas muy graves se podrán imponer las siguientes sanciones:1. Suspensión <strong>de</strong> empleo y sueldo <strong>de</strong> dieciséis a sesenta días.2. Inhabilitación <strong>de</strong> hasta seis años para pasar a categoría superior o progresión.3. Inhabilitación para el uso <strong>de</strong> la tarjeta <strong>de</strong> billetes.4. Despido.Disposición transitoria primera.A los trabajadores pertenecientes o provenientes <strong>de</strong> los grupos laborales <strong>de</strong> vigilancia,comunicaciones, proceso <strong>de</strong> datos y personal adscrito al servicio <strong>de</strong> seguridad en el trabajoque a la firma <strong><strong>de</strong>l</strong> presente convenio estén percibiendo una gratificación por el antiguoconcepto <strong>de</strong> octava hora, se les mantiene congelada a título personal la cantidad queperciben en la actualidad. Si estos trabajadores entrasen en el sistema general <strong>de</strong> turnosles será <strong>de</strong> aplicación el plus <strong>de</strong> turnicidad.Disposición transitoria segunda.Los trabajadores con <strong>de</strong>stino en el aeropuerto <strong>de</strong> Barajas que a la firma <strong><strong>de</strong>l</strong> presenteConvenio realizan el turno <strong>de</strong> 20,30 a 03,30 con carácter fijo, seguirán asignados al mismo,salvo que voluntariamente soliciten acogerse al sistema general <strong>de</strong> turnicidad y rotación.Disposición transitoria tercera.Participación en beneficios:Se establece un sistema anual <strong>de</strong> participación en beneficios, según los Resultados <strong>de</strong>Explotación Recurrentes más Resultados Financieros (1) <strong>de</strong> Iberia, por el que se abonauna cantidad no consolidable, conforme a la siguiente escala:Resultados <strong>de</strong> explotaciónrecurrentes + resultados financieros(En miles <strong>de</strong> €)Porcentaje<strong>de</strong> los resultadosHasta 40.000,00 0,00%De 40.000,00 a 63.106,27 0,50%De 63.106,27 a 75.126,51 1,00%De 75.126,51 a 87.146,76 1,80%De 87.146,76 a 99.167,00 2,60%De 99.167,00 a 111.187,24 3,50%De 111.187,24 a 150.000,00 4,40%Más <strong>de</strong> 150.000,00 5,00%(1) Los resultados financieros que se incluirán en el cálculo <strong><strong>de</strong>l</strong> resultado operativo serán exclusivamenteaquellos que se <strong>de</strong>riven <strong>de</strong> la actividad operativa normal <strong>de</strong> la Empresa. En concreto, y haciendo referencia a losestados financieros anuales serán los que se contengan en el epígrafe <strong>de</strong> resultados financieros <strong>de</strong> la cuenta <strong>de</strong>pérdidas y ganancias, excluyendo los ingresos y gastos que puedan <strong>de</strong>rivarse <strong>de</strong> las participaciones en capital y<strong>de</strong> la variación <strong>de</strong> las provisiones <strong>de</strong> inversiones financieras.Las cantida<strong>de</strong>s resultantes, que no serán consolidables, <strong>de</strong> la aplicación <strong>de</strong> estadisposición transitoria se harán efectivas a los 30 días siguientes a la celebración <strong>de</strong> lajunta general ordinaria <strong>de</strong> accionistas que apruebe los resultados <strong>de</strong> cada año, incluyendoéstos el impacto <strong>de</strong> la aplicación <strong>de</strong> esta disposición transitoria.La distribución individual se efectuará en proporción al haber regulador <strong>de</strong> cadatrabajador <strong>de</strong> tierra y al tiempo <strong>de</strong> permanencia en situación <strong>de</strong> activo en el año en quecorresponda la participación en beneficios según lo establecido en esta disposición.Se faculta a la dirección y al comité intercentros para acordar el reparto individual acada trabajador.cve: <strong>BOE</strong>-A-<strong>2010</strong>-<strong>9764</strong>

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