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deberán guardar en recipientes de vidrio con sus respectivas tapas nunca<br />
guardar en recipientes metálicos.<br />
f) Requisitos para la autorización de licencia para comercialización de<br />
alimentos.<br />
1) Los manipuladores de alimentos deben recibir capacitación sobre la forma<br />
correcta de manipular alimentos con esto se evitara las enfermedades<br />
transmitidas por los alimentos<br />
2) La autoridad sanitaria correspondiente otorgará la autorización de venta, a<br />
solicitud del interesado y previa aprobación del curso.<br />
3) Las municipalidades no podrán otorgar autorización a los vendedores<br />
ambulantes y puestos de alimentos en la vía pública, si no cumplen con los<br />
requisitos sanitarios (carnet de sanidad al día, uniforme completo, incluido<br />
gorro, en perfectas condiciones de aseo y conservación, mantener un perfecto<br />
aseo del cuerpo y en especial de las manos, no se permite el uso de barniz en<br />
las uñas, no se debe utilizar anillos, relojes, brazaletes, etc., no podrán atender<br />
los pagos al público, recibiendo o entregando dinero, queda prohibida la<br />
práctica de hábitos masticatorios como el uso de la coca y el chicle)<br />
El manipulador de alimentos de venta callejera debe lavarse las manos toda<br />
vez que haya hecho uso del baño o hubiese interrumpido la manipulación para<br />
cobrar, sonarse la nariz, cambiar pañales a sus niños o cualquier otra actividad.<br />
• Cuando los inspectores sanitarios encuentren alimentos perecibles como:<br />
carnes, pescados, mariscos, leche y productos lácteos, huevos o alimentos<br />
preparados, cuyas características físicas y organolépticas se encuentren<br />
evidentemente alterados, procederá de inmediato a su retención según