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Informe del CG - IFAD

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- 285 -<br />

Recuadro 5<br />

Supervisión directa de los proyectos<br />

En su 20º período de sesiones, en febrero de 1997, el Consejo de Gobernadores aprobó la<br />

Resolución 102/XX, sobre la Administración de los préstamos y la supervisión de la<br />

ejecución de proyectos financiados por el FIDA, junto con un plan de acción conexo.<br />

La Junta Ejecutiva, en su 61º período de sesiones, aprobó los criterios para la selección de<br />

proyectos sujetos a supervisión directa.<br />

Se prevé que 15 proyectos serán sometidos a la aprobación de la Junta Ejecutiva entre<br />

diciembre de 1997 y diciembre de 1998, y se ha programado que cada una de las divisiones<br />

regionales supervise tres proyectos.<br />

En octubre de 1997 se iniciaron las negociaciones previas en relación con el primer<br />

proyecto <strong>del</strong> FIDA sujeto a supervisión directa: el Proyecto de Servicios Agrícolas en el<br />

Noroeste, en Armenia.<br />

93. Se ha propuesto un plan de acción que habrá de ejecutarse en un período de cinco años. A este<br />

respecto, se ha creado un Grupo de Tareas para la ejecución <strong>del</strong> plan de acción quinquenal<br />

correspondiente a las recomendaciones 1 a 5 <strong>del</strong> informe sobre el examen conjunto de las cuestiones<br />

relativas a la supervisión de los proyectos financiados por el FIDA. El Grupo de Tareas examinará<br />

todas las cuestiones involucradas, incluidas las implicaciones financieras. Es aún prematuro el poder<br />

determinar en qué forma las recomendaciones 1 a 4 incidirán en los pagos a las IC y cuál será el costo<br />

real de la supervisión directa. Entretanto, el FIDA adoptará medidas para contener los costos globales<br />

de la administración y supervisión de los proyectos, vinculando estrechamente, durante un lapso<br />

determinado, la ejecución de nuevos proyectos al cierre de proyectos ya existentes y evaluando el<br />

impacto de la supervisión directa en el tiempo de trabajo <strong>del</strong> personal. Se propone una cantidad de<br />

USD 96 000 en concepto de administración de préstamos y supervisión de los proyectos <strong>del</strong> FIDA (el<br />

equivalente de 3,5 proyectos completos), junto con una consignación de USD 50 000 en concepto de<br />

suplemento para los viajes <strong>del</strong> personal que supervise esos proyectos. Estos costos se compensarán con<br />

el ahorro de los cargos que normalmente se abonan a las IC.<br />

94. Las actividades complementarias <strong>del</strong> FIDA, que disminuirán marginalmente con respecto a 1997,<br />

se dirigirán a: i) respaldar el nuevo enfoque que pone especial énfasis en las actividades de ejecución y<br />

de gestión de la cartera, y ii) contribuir a la orientación estratégica adoptada con respecto a las<br />

actividades de ejecución y de gestión de la cartera. En cuanto a las Divisiones de América Latina y el<br />

Caribe (PL) y <strong>del</strong> Cercano Oriente y África <strong>del</strong> Norte (PN), ello es particularmente necesario puesto que<br />

sólo muy pocos países tienen acceso al SOE, pese a los reconocidos problemas iniciales que plantea la<br />

ejecución en esas regiones. Las Divisiones de África I (PA) y África II (PF) contarán con un volumen<br />

significativo de asistencia <strong>del</strong> SOE y actividades complementarias <strong>del</strong> FIDA.

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