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Descargar Obra - Poder Judicial

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ESTUDIOS EN HOMENAJE A HÉCTOR FIX-ZAMUDIO 57Esta postura descansa en una concepción “formal” de fundador, alidentificarla con el individuo que “descubre” su existencia y la “bautiza”.Eso es precisamente a lo que se limitó Alcalá-Zamora y Castillo, a señalar:1) la existencia de una “legislación procesal constitucional” desde untrabajo publicado originalmente en Italia en 1938 que elaborara un añoantes en su primer exilio en París, derivado del conocimiento que teníadel Tribunal de Garantías Constitucionales, al que le había dedicado unensayo que publicó en 1933; 2) la denominación de la disciplina, quedandoreflejada en el título de su libro recopilatorio Ensayos de derechoprocesal (civil, penal y constitucional), publicado en Argentina (1944),que incluye los dos artículos mencionados en el punto anterior, y quepuntualmente advierte en una breve reseña a un comentario sobre un librode amparo, que aparece en la Revista de Derecho Procesal de Argentina(1945); y 3) el surgimiento de un “proceso constitucional” y que elfundador de esta rama del derecho lo es el jurista Hans Kelsen, como loapunta en su libro mexicano publicado en 1947, cuya parte correspondientereproducimos líneas arriba. Sin embargo, sus aportaciones hastaahí llegaron como lo reconoce el propio García Belaunde.Ahora bien, todo depende de la concepción que se le atribuya a la expresión“fundador”. Si la entendemos desde una perspectiva formal, serála persona que visualiza por vez primera la dimensión “disciplina” en susentido científico y le otorga el nomen iuris. Bajo esta concepción la tesisde García Belaunde adquiere fuerza. Alcalá-Zamora y Castillo sería elfundador.Habría que preguntarnos si realmente podemos atribuirle tal calificativoal destacado procesalista español, que como ha quedado señalado sólose limito a destacar la existencia de la disciplina sin contribuir en lo absolutoen sus perfiles, alcances o contenidos, ni al estudio del “procesoconstitucional” como figura procesal. Es más, no le dedica ni siquiera unartículo o apartado específico de un libro a la cuestión. Si analizamoscon detenimiento su obra publicada en Argentina (1944), tiene el granmérito de utilizar por vez primera la expresión en el título: Ensayos dederecho procesal (civil, penal y constitucional), donde sobresalen dostrabajos relativos al análisis del Tribunal de Garantías Constitucionales yal derecho procesal en España. Con mayor exactitud deja ver la denominacióntambién al año siguiente en la Revista de Derecho Procesal(1945), al advertir que la institución del amparo debe ser parte de la dis-

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