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Descargar Obra - Poder Judicial

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ESTUDIOS EN HOMENAJE A HÉCTOR FIX-ZAMUDIO 367los medios jurídicos y sólo entonces puede dirigirse al Tribunal constitucional.6Para el Tribunal Constitucional, la subsidariedad del recurso de amparono es de mero carácter formal, sino contiene también una decisiónfundamental sobre la relación de los tribunales ordinarios respecto delTribunal Constitucional. Según la distribución de competencias previstaen la Ley Fundamental, la tarea de garantizar y asentar los derechos fundamentalesse atribuye en primer lugar a los tribunales de primera instancia.Así se traduce la importancia que la Constitución reconoce al <strong>Poder</strong><strong>Judicial</strong> para decidir sobre derechos fundamentales. 7IV. LA DELIMITACIÓN DE LAS TAREAS RESPECTIVASDE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y DE LA JUSTICIA ORDINARIAEN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FEDERALEn el sistema de competencias así definido, el recurso de amparo contrasentencias judiciales por violaciones del derecho constitucional en la aplicaciónde leyes específicas constituye la vía por excelencia para llevar acabo la constitucionalización de las distintas ramas del derecho ordinariomediante sentencias de amparo del Tribunal Constitucional revisando lospronunciamientos emanados de los órdenes jurisdiccionales ordinarios, inclusode los tribunales administrativos, laborales y sociales. Ya en una fasetemprana de su jurisprudencia, el Tribunal Constitucional ha percibido elpeligro que existe de convertirse por medio del recurso de amparo en unainstancia de “superrevisión” con respecto a los tribunales ordinarios quedecide de nuevo sobre la determinación y valoración de los hechos. En uncaso relativo a una pretendida violación de la libertad personal durante elproceso penal el Tribunal utilizó por primera vez la fórmula de “violacióndel derecho constitucional específico” para delimitar las tareas respectivasdel Tribunal Constitucional y de los tribunales ordinarios. “La organizacióndel procedimiento, la fijación y valoración de los hechos probados,la interpretación de las leyes y su aplicación al caso concreto son... enprincipio cuestión exclusiva de los tribunales penales y el control posteriorpor el Tribunal Constitucional Federal está excluido, a menos que haya sidolesionado el derecho constitucional específico”. 86 BVerfGE (sentencias del Tribunal Constitucional Federal) 49, 252 (259).7 Idem.8 Ibidem, 1, 418 (420).

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