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Descargar Obra - Poder Judicial

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12EDUARDO FERRER MAC-GREGORO también pudiera suceder al revés, que el fenómeno adquiera tal caracterizacióncientífica desde la dogmática constitucional que prevalezcay sea convencionalmente aceptada en el campo de estudio de la cienciaconstitucional y la ciencia procesal, a manera de una etapa evolutiva delo que hasta ahora se ha desarrollado especialmente en el viejo continentea través de la denominada justicia constitucional. Esto implicaría, a lavez, que la pretendida emancipación del derecho procesal constitucionalquede mermada y como un mero intento científico que nunca logró cuajarlo suficiente.B) También puede suceder que no se llegue a una convergencia, sino auna aceptación mutua de las posturas. Esto ocurriría si ambas adquierenmadurez científica, de tal suerte que su construcción sea simultánea yconvencionalmente aceptada por la ciencia constitucional y la dogmáticaprocesal. Implica que al margen del importante desarrollo dogmáticoconstitucional que los especialistas en derecho constitucional han realizadode la “justicia constitucional”, se inicie una genuina etapa reinvindicatoriaen la construcción teórica del proceso constitucional desde el procesalismocientífico. Lo cual no ha sucedido hasta el momento. Pareceser una “zona vedada” para el desarrollo científico procesal (por lo menosasí se advierte en Europa, salvo excepciones), no obstante los avancesincuestionables del proceso civil y del proceso penal, así como laconstrucción de otras ramas como el proceso administrativo y laboral, olos que se encuentran en fase de desarrollo como el proceso electoral. Eldesarrollo científico del proceso constitucional pareciera uno de los pendientesinaplazables que deben afrontar los procesalistas. Este desarrollopodría llevar a esta convivencia si se lograran acuerdos mutuos de aceptaciónde lo que es estrictamente procesal y de lo que es materia constitucional,o bien aceptando un solo camino compartido de desarrollo científico.De lo contrario la convergencia llevaría a la imposición de una visiónsobre la otra, lo cual de suyo no es malo si se acepta convencionalmente.La disyuntiva entre la “convergencia” (con la consecuencia de la posibledesaparición o asimilación de una hacia otra) o la “convivencia” deambas está latente y el tiempo dará la respuesta. En el fondo la “convivencia”,como sucede en la actualidad, debería llevar a la “convergencia”de posturas (no de rechazo de la existencia de una u otra) y así reconducirlos planteamientos hacia posibles encuentros que posibiliten hablar de

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