13.07.2015 Views

Descargar Obra - Poder Judicial

Descargar Obra - Poder Judicial

Descargar Obra - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

544 ESTUDIOS EN HOMENAJE A HÉCTOR FIX-ZAMUDIOque no se sabe por cuanto tiempo se dará el traslado. La ley establece, sí,que el Tribunal debe resolver en el plazo de tres días (Art. 14.e.).Por otro lado, el referido artículo 5° establece que la errónea calificacióndel Hábeas Corpus no puede provocar su rechazo, 41 sino la rectificación deoficio por parte del órgano jurisdiccional. El mismo artículo dispone laposibilidad de la acumulación de los Hábeas Corpus preventivo ygenérico, 42 así como la acumulación alternativa del reparador y el genérico.43A su vez, el artículo 7° de la ley establece el contenido de la presentacióninicial, pero agrega todavía que si el peticionante ignorase alguno de losdatos mencionados, sólo debe proporcionar al órgano jurisdiccional lasreferencias necesarias para que éste mismo los recabe.Por su parte, el artículo 8° de la Ley 1500/99 elimina la posibilidad detodo tipo de incidentes, excepciones o recusaciones, sin perjuicio de laobligación de los jueces de excusarse en caso de existir causa para ello. Noobstante, la Sala Penal ha entendido que no se puede dar trámite al HábeasCorpus cuando se ha planteado también la acción de inconstitucionalidad.En efecto, ha sostenido en el Ac. y Sent. N° 381/01, 44 que:Sin embargo, habiendo la acción de inconstitucionalidad,prevenido a la presentación de este Hábeas Corpus,corresponde esperar la decisión que sobre la suspensión de losefectos del A.I. impugnado, se solicitara a la SalaConstitucional. En caso contrario, estaríamos poniendo enriesgo todos los principios que rigen la congruencia ysistemática del orden jurídico y procesal.41 Curiosamente, la Corte Suprema, Sala Penal rechazó el Hábeas Corpus Preventivo, porquedebió plantearse como Genérico. (Ver Ac. y Sent. N° 1091/02). Se lee en la mencionadaresolución: “No corresponde hacer lugar al hábeas corpus preventivo, en razón de que no esla vía más idónea para rectificar las circunstancias alegadas por el recurrente (acoso de lasautoridades policiales desde que obtuvo su sobreseimiento provisional), más biencorresponde solicitar un hábeas corpus genérico.”42 La Sala Penal ha dicho en su Ac. y Sent, N° 1149/01, sin embargo, que: “Desde elmomento que el recurrente planteó el hábeas corpus preventivo no es procedente el hábeascorpus genérico, el cual sólo puede demandarse o peticionarse cuando existencircunstancias a rectificarse no contempladas en el hábeas corpus preventivo ni reparadorde conformidad con el art. 133 inc. 3° de la Constitución.“43 La única acumulación no admitida, por ser incompatible, es la del preventivo y elreparador.44 En el mismo sentido el Ac. y Sent. N° 758/01 y el Ac. y Sent. N° 980/02.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!