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Montse Quesada

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(2014), esto es, el tamaño de la muestra por un lado, y su naturaleza y<br />

homogeneidad por otro.<br />

Asimismo, en el prólogo a la tercera edición del manual, publicada en<br />

1990, y que firma el entonces director del diario Joaquín Estefanía, se<br />

apela a un “uso honesto de las fuentes”.<br />

3.2.3. Libro de estilo de El Mundo<br />

La introducción a los principios generales de estilo indica que “un<br />

texto de El Mundo debe distinguirse por la inclusión de elementos<br />

informativos (datos, testimonios personales, variedad de fuentes) que<br />

demuestren la aportación personal del redactor”. Más adelante, en la<br />

Parte III del libro, dedicada a “Normas de Práctica y de Ética del<br />

Periodismo”, se dedica un epígrafe especial a las bases documentales<br />

del periodista y se citan dos tipos (El Mundo, 1996: 98):<br />

• Las bases documentales generales. Guardan relación con los<br />

conocimientos de conjunto que un periodista utiliza en su trabajo, y<br />

nacen de todo tipo de lecturas y de su experiencia en general.<br />

• Las bases específicas, referidas al área de especialización del<br />

redactor.<br />

En ese apartado no se especifica más ni se ofrece ningún tipo de<br />

criterio para el uso de unas u otras. Pero, más adelante, al hablar de la<br />

atribución u ocultación de la fuente y haciendo referencia al supuesto<br />

de una fuente anónima, El Mundo (1996: 100-101) señala, como una<br />

de las formas de poder atribuir esa información la búsqueda de las<br />

fuentes corroborativas y admite que “probablemente” sea algo más<br />

fácil de llevar a cabo a través de fuentes documentales que humanas.<br />

Finalmente, en el apartado dedicado a la invasión de la intimidad (El<br />

Mundo, 1996: 107), El Mundo recoge un principio que puede ser de<br />

aplicación en el caso de Periodismo de datos relativos a personajes<br />

públicos y señala la conveniencia de no olvidar que “aunque la<br />

práctica jurídica y la jurisprudencia hayan ratificado que los personajes<br />

públicos tienen menos derecho a su intimidad que los ciudadanos de<br />

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