SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
00014-2014-AI 00016-2014-AI 00019-2014-AI 00007-2015-AI
00014-2014-AI 00016-2014-AI 00019-2014-AI 00007-2015-AI
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
TRIB Zf L <strong>CONSTITUCIONAL</strong><br />
. ---<br />
1171\,,,tn \I.<br />
Caso Ley Universitaria 62<br />
215.En relaci ' con el artículo 39, se advierte que remite al estatuto de cada<br />
universidad I egulación del régimen de estudios, y si bien no fija un criterio<br />
universal estándar, señala que debe optarse "preferentemente" bajo el sistema<br />
semestral, por créditos y con currículo flexible.<br />
216.Queda claro, entonces, que no se impone un diseño curricular determinado.<br />
Es más, la disposición impugnada establece que las modalidades de estudio<br />
pueden ser diversas, incluyendo aquellas que califica como presencial,<br />
semipresencial o a distancia.<br />
217.De otro lado, la regulación sobre las condiciones de carga horaria y la<br />
configuración del crédito académico, por su parte, no se revela contrarias a la<br />
Constitución.<br />
218.Por las razones expuestas, corresponde desestimar la demanda en el extremo<br />
relacionado con el artículo 139 de la Ley 30220.<br />
D.5. GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD<br />
219.Respecto al capítulo relacionado con el gobierno de las universidades, se han<br />
impugnado los artículos 56, 57, 59 y 78 de la ley. Debe analizarse por<br />
separado la inconstitucionalidad de la regulación de la Asamblea<br />
Universitaria y sus atribuciones, y, luego, la disposición relacionada con las<br />
competencias del Consejo Universitario.<br />
NIBLEA UNIVERSITARIA Y SUS ATRIBUCIONES<br />
1 Colegio de Abogados de Lima Norte, en el Expediente 00014-2014-PI/TC,<br />
impugna el artículo 57 de la ley, por considerar que vulnera la autonomía<br />
universitaria. Por su parte, los Congresistas, en el Expediente 00016-2014-Pl,<br />
sostienen que los artículos 56 y 57.6 resultan inconstitucionales, por cuanto<br />
vulneran la autonomía universitaria.<br />
22I.En relación con la Asamblea Universitaria, surge del texto de la disposición<br />
que se encuentra integrada por representantes de todos los sectores de la<br />
comunidad universitaria, incluyendo a las autoridades electas, profesores,<br />
estudiantes, graduados e incluso de los trabajadores administrativos.<br />
222.Esta regulación adoptada por la ley universitaria, y en particular, la<br />
participación de los estudiantes, que es el aspecto impugnado por los<br />
Congresistas, no resulta contraria a la Constitución, por cuanto el legislador<br />
democrático puede modificar el régimen al que deben sujetarse las<br />
instituciones que imparten educación superior.