SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
00014-2014-AI 00016-2014-AI 00019-2014-AI 00007-2015-AI
00014-2014-AI 00016-2014-AI 00019-2014-AI 00007-2015-AI
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>TRIBUNAL</strong> <strong>CONSTITUCIONAL</strong><br />
terciaria formal o trabajar:2 Es necesario que se fortalezcan y/o adopten políticas<br />
para que la educación permita el desarrollo de habilidades de los peruanos y sea la<br />
piedra angular para alcanzar un crecimiento económico sostenido, así como la<br />
equidad social.<br />
29. El Estado debe ofrecer o garantizar la existencia de alternativas que permitan que<br />
los jóvenes ingresen al mercado laboral habiendo pasado por un periodo de<br />
formación superior, que no necesariamente tiene que ser el universitario.<br />
30 Pero incluso tomando en cuenta este hecho, lo cierto es que de acuerdo con la<br />
Primera Encuesta Nacional de la Juventud del año 2011, solo el 15.6% de los ocho<br />
millones de jóvenes peruanos había recibido educación universitaria, mientras que<br />
solo el 14.6% había recibido estudios técnicos:3 El resto de jóvenes no accedió a<br />
ningún tipo de formación posterior a la educación básica regular principalmente por<br />
razones económicas, por trabajo, entre otras. Ahora bien, en relación con este sector<br />
de la población que vive tanto en zonas urbanas corno rurales, se hace necesario<br />
que el Estado tome decisiones que permitan que este grupo tenga la oportunidad de<br />
recibir una formación superior y que se pueda insertar rápidamente en el mercado<br />
laboral.<br />
31. Por ello, es necesario hacer una mención a la necesidad de que el Estado tome<br />
decisiones en torno a la educación superior no universitaria o de carácter técnico<br />
profesional.<br />
2. En consecuencia, aunque no es objeto de esta demanda, se podría decir que, al igual<br />
que la educación universitaria, la educación de carácter técnico profesional también<br />
atraviesa por un estado de cosas inconstitucionales. En general, la educación<br />
superior (que comprende a la universitaria y no universitaria) atraviesa por esta<br />
situación que refleja un incumplimiento de los deberes del Estado de promover una<br />
educación de calidad. Al fin y al cabo, tal descripción de la realidad refleja la<br />
desigualdad y la discriminación que enfrentan los sectores más deprimidos de la<br />
población.<br />
33. Esta afirmación se corrobora en el hecho de que el Programa de Naciones Unidas<br />
para el Desarrollo ha señalado la importancia de la educación en la promoción del<br />
desarrollo de los conocimientos y calificaciones que son determinantes de la<br />
empleabilidad en el mercado laboral. Sin embargo, también ha dado cuenta de las<br />
principales falencias del caso peruano que hacen que el promedio de los peruanos<br />
12 PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. Perú en el umbral de una nueva<br />
era. Lecciones y desajios para consolidar el crecimiento económico y un desarrollo más incluyente.<br />
Torno I, Lima, 2011, p. 2011.<br />
13 SECRETARÍA NACIONAL DE LA JUVENTUD. Op. Cit., p. 40.