12.11.2015 Views

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

00014-2014-AI 00016-2014-AI 00019-2014-AI 00007-2015-AI

00014-2014-AI 00016-2014-AI 00019-2014-AI 00007-2015-AI

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>TRIBUNAL</strong> <strong>CONSTITUCIONAL</strong><br />

37. Un importante indicador de la calidad educativa es que los programas<br />

universitarios consigan como meta el desarrollo y adquisición de facultades<br />

necesarias para desenvolverse como profesionales en los diversos sectores de la<br />

sociedad.<br />

38. Ahora bien, desde mi punto de vista la Ley N.° 30220 promueve e incrementa los<br />

estándares de calidad educativa, para lo cual ha establecido una serie de parámetros<br />

que se aplican desde el periodo o etapa de licenciamiento (artículos 27 y 28), a<br />

través de la promoción del proceso de acreditación (artículo 30), entre otros. En<br />

general, la Ley N.° 30220 apunta a que los pilares de un servicio educativo de<br />

calidad se sustenten en el perfil de los docentes, la infraestructura, el perfil y<br />

desempeño de los estudiantes y egresados de una universidad, los servicios de apoyo<br />

al estudiante, los mecanismos de proyección social, el propio diseño de los<br />

programas profesionales que se ofrecen. Al respecto, la Superintendencia Nacional<br />

de Educación Superior Universitaria ha señalado de manera expresa los alcances de<br />

cada uno de estos criterios:<br />

a. Docentes: un servicio de educación superior de calidad debe contar con académicos con<br />

vocación y dedicación docente, respaldados por grados académicos de prestigio, y por<br />

una demostrada observancia deontológica. La carrera académica se rige por la<br />

excelencia y la meritocracia que comprende la docencia y la investigación, confirmadas<br />

por una producción académica e intelectual de avanzada y reconocida por sus pares.<br />

b. Estudiantes: un servicio de educación superior de calidad debe contar con mecanismos<br />

de selección apropiados, garantizar la adecuada progresión en los estudios y aumentar<br />

las competencias profesionales de sus egresados. Su formación debiera permitirles<br />

ejercer la profesión que estudiaron y evolucionar en sus capacidades profesionales y<br />

humanas. Se espera a su vez que dichos estudiantes egresen con las competencias<br />

científicas y ciudadanas que el país requiere.<br />

c. Disciplinas y programas profesionales: un servicio de educación superior de calidad<br />

debe promover que tanto los currículos como los programas de enseñanza tengan<br />

objetivos claros, que se evalúen y renueven constantemente y que se adecúen a la<br />

demanda social. Los programas deben integrar la investigación y la docencia, promover<br />

D interdisciplinariedad, el uso de nuevas tecnologías, y la recuperación de los<br />

conocimientos no-occidentales, históricamente excluidos, a través de la promoción de la<br />

intercultural id ad.<br />

d. Infraestructura: un servicio universitario de calidad debe contar con recursos idóneos<br />

para la formación e investigación; como aulas adecuadamente implementadas,<br />

bibliotecas y bases de datos de recursos de información, laboratorios y equipos<br />

actualizados y renovados permanentemente.<br />

e. Servicios de apoyo: un servicio universitario de calidad debe ofrecer programas de<br />

apoyo a estudiantes de menores recursos a través de becas, servicio médico y apoyo<br />

para alimentación.<br />

f Extensión y proyección social: un servicio universitario de calidad debe ofrecer clínicas<br />

(jurídicas, médicas, psicológicas y otras), servicios de proyección social, educación<br />

continua, y debe vincularse con la sociedad en general y la comunidad de su entorno.18<br />

18<br />

SUNEDU. Lineamientos de Política para el Aseguramiento de la Calidad en la Educación Superior<br />

Universitaria: aportes y recomendaciones, junio de 2015. Disponible en:<br />

www.minedu.gob.pe/minedularchivos/lineamientos politicalf revisado el 0l de setiembre de 2015.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!