SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
00014-2014-AI 00016-2014-AI 00019-2014-AI 00007-2015-AI
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<strong>TRIBUNAL</strong> <strong>CONSTITUCIONAL</strong><br />
EXP. 00014-2014-PI/TC, 00016-2014-PI/TC,<br />
000 I9-2014-PI/TC y 00007-2015-PUTC<br />
LIMA<br />
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA Y OTROS<br />
FUNDAMENTO DE VOTO DE LA MAGISTRADA LEDESMA NARVÁEZ<br />
El ser humano sólo es el reflejo de lo que la educación ha<br />
hecho bien, ha hecho mal o no ha hecho por él<br />
Al examinar la constitucionalidad de la nueva ley de educación universitaria, lo primero<br />
que se ha hecho notar es la trascendental importancia que tiene la educación en el<br />
desarrollo de las personas en una sociedad desigual como la nuestra. Ha sido y viene<br />
siendo fácil utilizar esta expresión en frecuentes discursos plagados de pura retórica,<br />
pero que no han contribuido a que estos se afirmen en verdaderas políticas de Estado en<br />
materia educativa que puedan llegar a todos los peruanos y peruanas, ya sean adultos o<br />
niños, de la capital o de las ciudades más lejanas, con o sin recursos económicos. Es por<br />
yllo que el artículo 13 de la Norma Fundamental prevé que "la educación tiene como<br />
finalidad el desarrollo integral de la persona humana"; el artículo 16 que "es deber del<br />
stado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de<br />
su situación económica o de limitaciones mentales o fisicas" y el artículo 2.2 que "nadie<br />
debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,<br />
condición económica o de cualquiera otra índole".<br />
el especial caso de la educación universitaria podemos afirmar que sólo una<br />
educación de calidad" puede generar el mejor aprovechamiento de nuestros recursos, el<br />
eguramiento de nuestro progreso económico, la continuidad y acrecentamiento de<br />
estra cultura, contribuyendo así a la mejor convivencia humana, y sobre todo la<br />
p nicipación efectiva de todo ciudadano en la sociedad en condiciones de igualdad<br />
Tr. er una "educación de calidad" no debe representar una aspiración o un ideal en<br />
manos de la libre voluntad de quienes la imparten o del libre mercado, pues ni la<br />
educación es una mercancía, ni la universidad un negocio. La universidad tiene como<br />
uno de sus principales fines constituirse en un centro de reflexión sobre la dignidad, la<br />
libertad, la igualdad y la tolerancia, entre otros valores. Quienes egresan de una<br />
universidad no deben ser simples "productos" del mercado, sino personas dotadas de<br />
específicas capacidades, de cultura y de un alto sentido de humanidad. Eso es lo que no<br />
se termina, o quizás ni empieza, a comprenderse en el "mercado de las universidades",<br />
en especial de las denominadas "universidades-empresa" o "universidades-sociedades".<br />
Si, en general, se puede asumir que en países como el nuestro el mercado genera<br />
desigualdades sociales y acumulación de riqueza sólo para algunos, es lógico asumir<br />
que el "mercado de las universidades" también generará las mismas consecuencias. La