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Anuario Legislativo 02-03 - Asamblea Legislativa

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214 ASAMBLEA LEGISLATIVA ─── INDICE LEGISLATIVO<br />

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La AMP, a instancia del Consejo Directivo deberá contratar un servicio de auditoría<br />

externa, en lo técnico y en lo financiero, de manera integral.<br />

SERVICIO DE DRAGADO Y TRASVASE DE ARENAS DE LOS PUERTOS<br />

NACIONALES<br />

Artículo 22<br />

El ente rector de las obras públicas podrá establecer un servicio de dragado y de trasvase<br />

de arenas de los puertos nacionales, que podría ser gestionado en cualquiera de las modalidades<br />

directas o indirectas que establece la legislación vigente. Los operadores que resulten<br />

beneficiarios del servicio mencionado tienen la consideración de sujetos pasivos obligados a<br />

satisfacer las tarifas correspondientes. Esta actividad estará sujeta a las normas,<br />

correspondientes del Ministerio de Medio Ambiente y de Recursos Naturales (MARN).<br />

AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS<br />

Artículo 23<br />

La AMP mantiene las competencias plenas sobre las autorizaciones administrativas<br />

existentes en la zona costera mientras se mantengan los usos autorizados.<br />

EJERCICIO DE PODER DE VIGILANCIA<br />

Artículo 24<br />

La AMP y las autoridades responsables de las operaciones en los puertos salvadoreños,<br />

podrán coordinar con la Fuerza Naval la vigilancia marítima, en cumplimiento de la función<br />

constitucional de ésta, relativa a velar por la Soberanía del Estado.<br />

La Fuerza Naval contribuirá con la AMP a aplicar y fiscalizar en el borde costero y en<br />

los espacios acuáticos nacionales fuera de los puertos, especialmente para la salvaguarda de la<br />

vida humana en la mar, la protección de los intereses marítimos y la seguridad de la navegación.<br />

Para tal efecto, un Reglamento establecerá la forma de implementar estas relaciones entre el<br />

Ministerio de la Defensa Nacional y la AMP.<br />

TITULO II<br />

════════════════════════════════════════════════════════════<br />

REPUBLICA DE EL SALVADOR ─── AMERICA CENTRAL

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