12.05.2013 Views

Anuario Legislativo 02-03 - Asamblea Legislativa

Anuario Legislativo 02-03 - Asamblea Legislativa

Anuario Legislativo 02-03 - Asamblea Legislativa

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

594 ASAMBLEA LEGISLATIVA ─── INDICE LEGISLATIVO<br />

═════════════════════════════════════════════════════════════<br />

Art. 1.- Ratifícanse en todas sus partes, el TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE<br />

CENTROAMÉRICA Y PANAMÁ, el cual consta de Un Preámbulo, Una Primera Parte sobre Aspectos<br />

Generales, Una Segunda Parte sobre Comercio de Mercancías, Una Tercera Parte sobre Obstáculos<br />

Técnicos al Comercio, Una Cuarta Parte sobre Inversión, Servicios y Asuntos relacionados, Una Quinta<br />

Parte sobre Política de Competencia, Una Sexta Parte sobre Contratación Pública, Una Séptima Parte<br />

sobre Propiedad Intelectual y Una Octava Parte sobre Disposiciones Administrativas e Institucionales,<br />

todo lo anterior constituido en Veintidós Capítulos; suscrito en la ciudad de Panamá, República de<br />

Panamá, el 6 de marzo del corriente año, en nombre y representación del Gobierno de la República de<br />

El Salvador, por el Señor Presidente, Licenciado Francisco Guillermo Flores Pérez; por la República de<br />

Costa Rica, el Señor Presidente Don Miguel Ángel Rodríguez Echeverría; por la República de<br />

Guatemala, el Señor Presidente, Don Alfonso Portillo Cabrera; por la República de Nicaragua, el Señor<br />

Presidente, Don Enrique Bolaños Geyer; por la República de Panamá, la Señora Presidenta, Doña<br />

Mirella Moscoso Rodríguez y por la República de Honduras, el Designado a la Presidencia, Don Vicente<br />

Williams; y el PROTOCOLO BILATERAL ENTRE EL SALVADOR Y PANAMÁ AL TRATADO DE LIBRE<br />

COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y PANAMÁ, el cual consta de Un Considerando, Doce<br />

Artículos, Anexos sobre el Programa de Desgravación y Listas de El Salvador y Panamá, y Anexos de<br />

Servicios, Inversiones y Servicios Financieros de El Salvador y Panamá; suscrito en la ciudad de<br />

Panamá, República de Panamá, el 6 de marzo del corriente año, en nombre y representación del<br />

Gobierno de la República de El Salvador, por el Señor Ministro de Economía, Ingeniero Miguel Ernesto<br />

Lacayo, y en nombre y representación del Gobierno de la República de Panamá, por el Ministro de<br />

Comercio e Industrias, Señor Joaquín E. Jácome Diez.<br />

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el<br />

Diario Oficial.<br />

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los tres días del mes de octubre del<br />

año dos mil dos.<br />

D. O. Nº 206, Tomo Nº 357, Fecha: 4 de noviembre de 20<strong>02</strong>.<br />

════════════════════════════════════════════════════════════<br />

REPUBLICA DE EL SALVADOR ─── AMERICA CENTRAL

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!