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Anuario Legislativo 02-03 - Asamblea Legislativa

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542 ASAMBLEA LEGISLATIVA ─── INDICE LEGISLATIVO<br />

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DECRETO No. 1081.-<br />

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,<br />

CONSIDERANDO:<br />

POR TANTO,<br />

I.- Que, por Decreto <strong>Legislativo</strong> No. 207, de fecha 15 de enero de 1998, publicado<br />

en el Diario Oficial No. 28, Tomo No. 338, del 11 de febrero del mismo año,<br />

esta <strong>Asamblea</strong> ratificó en todas sus partes el Tratado Marco del Mercado<br />

Eléctrico de América Central, suscrito por el Gobierno de la República de El<br />

Salvador, en la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala el 30 de<br />

diciembre de 1996;<br />

II.- Que la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), ha gestionado<br />

ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el otorgamiento de dos<br />

préstamos, uno hasta por un monto de TREINTA MILLONES DE DÓLARES<br />

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $30,000,000.00), y otro hasta<br />

por la cantidad de DIEZ MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS<br />

UNIDOS DE AMÉRICA (US $10,000,000.00), recursos que serán utilizados<br />

para llevar a cabo la ejecución del Proyecto “Sistema de Interconexión<br />

Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC);<br />

III.- Que para el otorgamiento de los préstamos, el Banco Interamericano de<br />

Desarrollo, ha solicitado la Garantía del Estado de la República de El Salvador,<br />

por lo que de conformidad a lo establecido en el Art. 148 de la Constitución de<br />

la República, es conveniente autorizar al Órgano Ejecutivo en el Ramo de<br />

Hacienda, para que suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)<br />

el Contrato de Garantía correspondiente;<br />

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por<br />

medio del Ministro de Hacienda,<br />

DECRETA:<br />

Art. 1. Facúltase al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que por medio de su Titular<br />

o del Representante que él designe, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el<br />

Contrato de Garantía que avale los préstamos que suscriba la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río<br />

Lempa (CEL), con el Banco Interamericano de Desarrollo, uno hasta por un monto de TREINTA<br />

MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $30,000,000.00), y otro<br />

hasta por un monto de DIEZ MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA<br />

(US $10,000,000.00), recursos que serán utilizados para llevar a cabo la ejecución del Proyecto<br />

“Sistema de Interconexión Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC)”, sujetos a las<br />

condiciones y estipulaciones siguientes:<br />

MONTO TOTAL DEL<br />

CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1369/OC-ES<br />

════════════════════════════════════════════════════════════<br />

REPUBLICA DE EL SALVADOR ─── AMERICA CENTRAL

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