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Anuario Legislativo 02-03 - Asamblea Legislativa

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782 ASAMBLEA LEGISLATIVA ─── INDICE LEGISLATIVO<br />

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DECRETO No. 12<strong>03</strong>.-<br />

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,<br />

CONSIDERANDO:<br />

I.- Que el Instituto Nacional del Azúcar, INAZUCAR, era propietario de un<br />

inmueble situado en el Cantón El Paisnal, jurisdicción de Aguilares,<br />

departamento de San Salvador, en parte del cual se encontraba ubicado el<br />

Ingenio La Cabaña;<br />

II.- Que la Ley de Privatización de Ingenios y Plantas de Alcohol estableció, entre<br />

otras cosas, la transferencia de los terrenos, bienes e instalaciones dedicadas<br />

al procesamiento de la caña de azúcar que fueran propiedad del INAZUCAR y<br />

de CORSAIN a sociedades anónimas especialmente constituidas al efecto, y<br />

en su Artículo 16-A, les facultó para vender parte de dichos inmuebles a las<br />

personas que se encontraren ocupando viviendas dentro del área de<br />

producción industrial de los ingenios, o en caso de que hubiera viviendas fuera<br />

de esa área, le facultaba para que, previo el informe favorable de los<br />

respectivos Comités de Privatización, se les vendiera a sus ocupantes en el<br />

plazo y condiciones de pago avaladas por la Comisión de Privatización;<br />

III.- Que a fin de dar cumplimiento al referido Artículo, el INAZUCAR realizó una<br />

desmembración en cabeza de su dueño sobre el resto del inmueble que no fue<br />

transferido a las sociedades constituidas, desarrollando un proyecto de<br />

lotificación que fue denominado “Lotificación La Cabaña”, compuesto de ciento<br />

cuarenta y nueve lotes, de los cuales ciento cuarenta y cinco eran para<br />

vivienda de los trabajadores del ex ingenio, cuatro para uso colectivo o social y<br />

el resto del inmueble estaría destinado para las áreas de circulación; sin<br />

embargo, por problemas registrales, no se realizaron las ventas<br />

correspondientes;<br />

IV.- Que en observancia de la Ley de Liquidación y Disolución del Instituto Nacional<br />

del Azúcar, la Comisión Liquidadora nombrada transfirió al Ministerio de<br />

Economía todas las porciones desmembradas del citado inmueble, las que<br />

fueron inscritas a favor de éste en el Registro Social de Inmuebles;<br />

V.- Que la Procuraduría General de la República, ha solicitado al Ministerio de<br />

Economía se gestione la donación de esos inmuebles a favor del Fondo<br />

Nacional de Vivienda Popular, FONAVIPO, para que posteriormente y previo<br />

los trámites de ley, éste los transfiera a las familias que habitan en ellos y que<br />

de acuerdo a la Ley de Privatización de Ingenios y Plantas de Alcohol, tienen<br />

derecho a los mismos;<br />

VI.- Que el Consejo de Ministros autorizó la donación solicitada mediante el Punto<br />

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REPUBLICA DE EL SALVADOR ─── AMERICA CENTRAL

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