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Anuario Legislativo 02-03 - Asamblea Legislativa

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286 ASAMBLEA LEGISLATIVA ─── INDICE LEGISLATIVO<br />

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Son infracciones leves las siguientes:<br />

1. El incumplimiento de reglamentos sobre navegación, controles y regulaciones<br />

marítimas y las que se refieran a los puertos, en lo que respecta a la explotación<br />

de cada puerto, dársena, instalación marítima o marina interior;<br />

2. No enarbolar la bandera en aguas salvadoreñas;<br />

3. El incumplimiento de las instrucciones y órdenes reglamentarias de la AMP o de<br />

las autoridades portuarias locales dentro del ámbito de sus competencias;<br />

4. La realización de operaciones marítimas que pongan en peligro las personas,<br />

las obras, las instalaciones, los equipos portuarios y los buques, en las cuales no<br />

se tomen las medidas de seguridad necesarias;<br />

5. Cualquier acción u omisión que cause daños o perjuicios en los bienes de<br />

dominio público marítimo portuario o marítimo-terrestre adscrito, o en su uso o<br />

explotación, siempre que no impida su normal funcionamiento;<br />

6. La ocupación del dominio público portuario o del dominio público<br />

marítimo-terrestre adscrito, con obras o instalaciones sin el título<br />

correspondiente, siempre que no se obstaculice la actividad normal del puerto, la<br />

dársena, la instalación marítima o la marina interior;<br />

7. La realización de actividades portuarias en el recinto público portuario o<br />

adscrito, sin la autorización correspondiente;<br />

8. La realización de obras, instalaciones o actividades portuarias en el dominio<br />

público del puerto o adscrito, con incumplimiento de las condiciones del título<br />

otorgado, sin perjuicio de su revocación, si procede;<br />

9. La omisión o la aportación de forma defectuosa, voluntariamente o por<br />

negligencia inexcusable, de cualquier información que se tenga que suministrar<br />

a la Autoridad Portuaria Local o a la Autoridad Marítima Portuaria Nacional, ya<br />

sea por prescripción legal y a requerimiento suyo; y<br />

10. El vertido de sustancias y de residuos no contaminantes en las aguas del puerto.<br />

INFRACCIONES GRAVES<br />

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REPUBLICA DE EL SALVADOR ─── AMERICA CENTRAL

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